Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

El médico de la aseguradora me dio el alta, pero aún no me he curado. ¿Qué puedo hacer?

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ALTA MEDICA EN INDEMNIZACION POR LESIONES EN ACCIDENTE

Por desgracia, la mayoría de los accidentes de tráfico provocan lesiones en los perjudicados. De mayor o menor entidad, todas ellas van a necesitar un periodo de tratamiento para curarlas, que será más o menos largo en el tiempo dependiendo del tipo de lesiones sufridas.

No puede iniciarse el proceso de reclamación a la aseguradora obligada al pago hasta que el proceso de curación del lesionado ha finalizado y recibe el alta médica. Cómo sea ese alta y los informes que obtengamos serán claves a la hora de tramitar y reclamar la indemnización. En ocasiones, la fecha del alta médica por estabilización lesional se discute por el seguro, sobre todo por la tendencia de las aseguradoras a acortar en lo posible los tiempos de curación para pagar menos indemnización.

Conviene por tanto que el perjudicado por lesiones en un accidente de circulación esté debidamente asesorado, y siempre por abogados especialistas y ajenos a las compañías como en DEMANDATULESION.

 

LA IMPORTANCIA DEL ALTA MEDICA PARA VALORAR EL PERIODO DE CURACION

No hay dos accidentes de tráfico iguales, y, además, un mismo siniestro no afecta de la misma manera a dos lesionados. Así, factores como la edad, el sexo, la posición ocupada en el vehículo, motocicleta, autobús, etcétera en el momento del accidente, los antecedentes médicos previos o incluso el peso o constitución física, contribuyen e inciden directamente en el alcance y la evolución de las lesiones sufridas.

Tras la entrada en vigor del nuevo Baremo de Tráfico 2016, existe una obligación por parte del lesionado de dejarse ver por los servicios médicos de la compañía de seguros obligada al pago. No obstante, hay que tener en cuenta que esa valoración nunca va a ser objetiva, puesto que el médico de la compañía defiende los intereses de la misma, que es quien le paga, y, por tanto, la valoración de las lesiones del perjudicado siempre será a la baja.

De ahí la importancia de que, sobre todo en siniestros graves con periodos largos de tratamiento, la víctima cuente también con una valoración objetiva e imparcial por parte de un perito médico especialista en valoración del daño corporal y ajeno a las compañías de seguros. Para ello es fundamental que cuente con el asesoramiento de un despacho de abogados especialista, que va a guiar al lesionado en el proceso curativo, le va a facilitar el perito médico para que le valore, y va a solicitarle cuanta documentación haga falta para la reclamación posterior a la compañía, para rebatir, si llega el caso, la valoración que haya hecho el médico del seguro.

Hasta que el lesionado no tiene el alta médica, no puede realizarse reclamación alguna a la compañía de seguros obligada al pago. El alta médica coincide con la estabilización lesional de la víctima, es decir, el momento en el que la misma ya no va a mejorar más. Ese momento del alta marcará el final del periodo curativo del perjudicado y por tanto nos indicará el tiempo que debemos reclamar por este concepto a la compañía.

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¿Y SI EL MEDICO DEL SEGURO ME DA EL ALTA ANTES DE TIEMPO?

Los problemas surgen, en muchas ocasiones, cuando los servicios médicos de la compañía de seguros obligada al pago consideran que el perjudicado se encuentra estabilizado de sus lesiones antes de terminar el tratamiento y de recibir el alta médica.

Esto ocurre sobre todo en caso de lesionados de larga duración. El argumento de la aseguradora suele ser en estos casos que el tratamiento del lesionado no le está produciendo mejoría y que por tanto se ha estancado en la evolución, motivo por el cual cortan los días a pagar y ofrecen indemnización-siempre tirando a la baja-por secuelas.

En estos supuestos es muy importante la labor del abogado que esté tramitando el caso, ya que será necesario hacer frente a los argumentos de los servicios médicos de la compañía con otro informe, esta vez de un perito imparcial que verdaderamente valore al lesionado de manera objetiva. La finalidad es demostrar que hasta que el perjudicado no tenga el alta médica no puede determinarse el periodo de curación, y mucho menos las secuelas que hayan podido quedar.

En la negociación de nuestro abogado con la compañía, se remitirá el informe pericial particular del lesionado realizado por perito independiente para comparar con la del médico de la aseguradora, con vías a llegar a un punto de entendimiento. Cuando no es posible el acuerdo amistoso, será necesario interponer contra la compañía de seguros obligada al pago una demanda civil, a la que habrá que adjuntar cuanta documentación médica tengamos del perjudicado y la pericial, que será defendida por el perito en juicio, frente al médico de la aseguradora.

 

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¿QUIEN SE HACE CARGO DE LOS GASTOS MEDICOS DERIVADOS DEL ACCIDENTE?

Es importante saber que la Seguridad Social no se hace cargo de los gastos médicos derivados de un accidente de tráfico, sino que en su momento los va a repercutir en la aseguradora. Tras la asistencia en el Hospital que corresponda, nos van a solicitar todos los datos del siniestro, en especial los de los vehículos involucrados, matrículas y aseguradoras. Es muy importante rellenar esos impresos cuanto antes y facilitarlos al Hospital, ya que de lo contrario nos los pueden reclamar a nosotros.

Si el accidente es laboral o “itinere” se ocupará del seguimiento y posterior tratamiento médico la mutua laboral del lesionado, al tratarse de un accidente de trabajo.

El tratamiento rehabilitador podemos hacerlo en cualquier centro de los adheridos al llamado Convenio UNESPA, que agrupa una serie de centros y clínicas de fisioterapia y rehabilitación, que van a dar el tratamiento al lesionado sin coste alguno para ellos, indicando quien puede atender a la víctima y quien se hará cargo de dichos gastos.

Si por cualquier motivo el perjudicado se ve obligado a realizar la rehabilitación en centros privados o tiene que abonar el tratamiento o pruebas médicas necesarias para conocer el alcance de las lesiones sufridas, dichas facturas-perfectamente acreditadas- podrán reclamarse como perjuicio directo a causa del accidente a la compañía de seguros obligada al pago de la indemnización.

Para que el perjudicado esté acompañado en todo el proceso y sepa desde el primer momento lo que debe hacer para evitar problemas en la reclamación a la compañía de seguros responsable, desde DEMANDA TU LESION y en base a todos los años de experiencia que tenemos, siempre insistimos en que la víctima se asesore, que utilice la cobertura de defensa jurídica incluida en su póliza para contratar los servicios de un abogado particular, que como especialistas conocen la tramitación de este tipo de siniestros y los pasos a dar para conseguir la indemnización que corresponde al víctima por los daños y perjuicios sufridos en el accidente.

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