Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

Cómo funciona la indemnización en caso de accidente de tráfico con menores de edad

Compartir este post

La reclamación de
indemnización en un accidente de tráfico con menores de edad
tiene unos requisitos
específicos que debes conocer si los niños sufren daños y perjuicios.

Por
desgracia, todos estamos expuestos a sufrir un siniestro. Y los niños también,
quienes pueden verse afectados en accidentes
de coche y en atropellos
, viajando como ocupantes en un medio de transporte
público, o incluso en el transporte escolar.

Lógicamente, los menores son especialmente vulnerables, y para ellos vivir la experiencia traumática de un siniestro puede llegar a ser difícil de superar, según el caso.

Todos los
años se producen miles de accidentes donde se ven involucrados menores, que,
aunque en la mayoría de los casos tienen una mayor capacidad de recuperación de
sus lesiones frente a los adultos, pueden llegar a sufrir lesiones graves o muy
graves, y en el peor de los casos, el fallecimiento.

Los menores de edad también tienen derecho
a reclamar una indemnización por los daños
que hayan tenido. Pero su reclamación tiene unas
particularidades que conviene conocer para que la tramitación prospere con
garantías.

Y son los padres o tutores legales quienes tienen que reclamar en nombre de sus hijos.

¿Qué suele
ocurrir?

-Que en la mayoría de los casos no tienen información ni conocen la normativa para saber los derechos de su hijo/a ni los conceptos que pueden reclamar.

-Que las compañías de seguros tienden a minimizar
las lesiones de los menores
, y las ofertas de indemnización son muy bajas o
no se corresponden con la realidad.

-Que en los atropellos tratarán siempre de culpabilizar al niño para evitar pagar una indemnización.

-Que la valoración de los días que el niño tarda en recuperarse siempre es objeto de polémica, porque las aseguradoras intentan no computar los días como de incapacitación (perjuicio personal particular) para que la indemnización sea más baja.

Dicho esto,
es fácil imaginar que los padres cuyos hijos resultan afectados en un
siniestro, van a necesitar ayuda legal.

Y cuanto antes deben buscar a un abogado especialista en accidentes de tráfico que les asesore desde el primer momento no solo a lo largo del proceso de recuperación del niño, sino también en toda la reclamación.

LOS NIÑOS, AFECTADOS TAMBIÉN EN LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO

Todos los
años las estadísticas de siniestralidad vial nos demuestran que los niños
siguen siendo víctimas de accidentes, especialmente de atropellos.

La OMS
indica que todos los años se producen 1,35
millones de fallecimientos de niños en siniestros de circulación
,
convirtiéndose en la primera causa de muerte en menores de 5 a 14 años.

Según la DGT, en 2018, se produjeron en España 25 fallecidos menores de 14 años (10 eran menores de 4 años), 331 hospitalizados, y 6350 menores no hospitalizados.

De todos ellos, un porcentaje importante viajaban sin cinturón ni sistemas de retención infantil.

PRECAUCIONES: LO QUE PUEDE EVITARSE PARA UNA MAYOR SEGURIDAD DE LOS NIÑOS

Es obvio que los padres debemos contribuir a la seguridad de nuestros hijos cuando viajamos con ellos. Una parte importante de accidentes se evitarían con los adecuados sistemas de seguridad infantil, que no solo hay que llevarlos, sino también utilizarlos correctamente para evitar que los niños se lesionen.

Especialmente preocupantes son los atropellos. En nuestro país ocurren unos 11,000 atropellos al año, y el 13% de ellos tienen como víctimas a menores de 14 años, ocurriendo la mayoría de ellos en zonas urbanas.

Lo más
habitual es que los atropellos se produzcan en los alrededores de los colegios,
siendo en ocasiones los propios menores quienes provocan el accidente irrumpiendo
en la calzada sin mirar o cruzando de forma indebida o con el semáforo en rojo.

abogado-accidente-bicicleta-sl1

Sin embargo, las estadísticas demuestran que la totalidad de esos atropellos ocurren estando los niños acompañados de un adulto, por lo que, de manera indirecta, son responsables su seguridad. Todos hemos visto muchas veces a la entrada y salida de los colegios la escena de los padres aparcando en doble fila y a los niños bajando del coche en plena calzada o en lugares no permitidos.

A ello le añadimos que en muchos de estos accidentes interviene la velocidad, siendo el conductor responsable en gran parte del resultado lesivo del niño, sobre todo cuando circulan superando esos límites por zonas escolares especialmente de riesgo por la afluencia de niños.

Si podemos enfocar este escenario tan desolador con optimismo, deberíamos quedarnos con que la inmensa mayoría de estos accidentes pueden evitarse. Y todo va a depender del adecuado comportamiento tanto de conductores como de peatones y resto de usuarios de la vía.

CAMBIOS EN EL BAREMO 2016: ¿LOS MENORES TAMBIÉN PUEDEN SER RESPONSABLES?

El nuevo Baremo de Tráfico trajo importantes novedades en el ámbito de las reclamaciones de indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico con menores de edad.

LEGISLACIÓN ANTERIOR A 2016

La normativa
en vigor hasta enero de 2016 tenía dos aspectos a tener en cuenta:

-Primero, la
indemnización la percibían los padres o
tutores
en nombre de su hijo, quienes se ocupaban de administrarla hasta su
mayoría de edad.

-Segundo, en cuanto a la culpa del niño en la producción del siniestro antes de 2016, si el menor era responsable exclusivo del mismo (por ejemplo, cuando cruza la calzada sin mirar de forma sorpresiva o por lugar indebido) no podía reclamar indemnización alguna.

Y más aún, sus padres podrían ser responsables civiles por la vía del artículo 1903 del Código Civil, debiendo hacerse cargo de los posibles daños causados por culpa de su hijo.

Y en relación a la concurrencia de culpas, se establecían las mismas reglas de proporcionalidad que para un accidente con adultos.

NUEVA LEGISLACIÓN: CAMBIOS EN EL BAREMOS DE TRÁFICO 2016

Con la
entrada en vigor del nuevo Baremo de Tráfico en enero de 2016 la situación
cambia.

Y es que se entiende que un menor de edad no es por Ley responsable de sus actos, y por tanto no puede pagar por cometer una irresponsabilidad, aunque se establece un límite, fijado en los 14 años.

¿Y esto qué
significa?

Que para menores a partir de 14 años se usan las mismas reglas que ya hemos visto que se aplicaban con la anterior normativa. Eso sí, les afecta la concurrencia de culpas, que desaparece en el nuevo Baremo, lo que significa que o bien el niño es culpable al 100% o s ele pagará la totalidad de la indemnización que le corresponda.

¿Qué ocurre
si se trata de un menor de 14 años?

Pues bien, los niños menores de 14 años y los incapaces podrán cobrar la indemnización que les corresponda incluso si se prueba que tienen la culpa en el accidente. Y tampoco se les va a reducir su importe en el caso de, por ejemplo, no llevar puesto el cinturón de seguridad, ni sus padres tendrán que responder de daño alguno que hayan provocado.

Solo hay dos
excepciones:

-Que se demuestre que el menor actuó con dolo, es decir, provocando a propósito el siniestro.

-Que se trate de un caso de lesiones temporales y secuelas, pero no de fallecimiento, lo que resulta complicado de entender, pensando en que el menor de 14 años no tenga responsabilidad en un siniestro donde es el culpable, y sin embargo no sea así en caso de fallecimiento.

RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN EN ACCIDENTE DE TRÁFICO CON MENORES DE EDAD

Si en un
siniestro se ven involucrados menores de edad, al igual que en si se tratara de
adultos, es necesario buscar ayuda legal
especializada
.

Pese a los cambios en la normativa, las compañías de seguros siguen poniendo pegas en este tipo de reclamaciones, y en la mayoría de los casos, cuando no discuten la responsabilidad, las ofertas de pago son mínimas y no se corresponden con la realidad de los daños sufridos por el niño.

¿QUIÉN RECLAMA?

Las
reclamaciones de indemnizaciones por
daños y perjuicios sufridos por menores de edad deben hacerlas sus padres o
tutores legales
. Ellos perciben las cantidades que pague la aseguradora y
la administran hasta su mayoría de edad.

¿QUÉ SE RECLAMA?

Se reclaman e indemnizan los mismos conceptos que si fueran adultos:

-El tiempo de curación desde el accidente hasta que reciben el alta por
estabilización lesional, que se divide en perjuicio personal básico y perjuicio
personal particular, y dentro de este último, se computan los días que el niño
ha requerido ingreso en UCI o similar (grado muy grave), ha tenido que estar
hospitalizado (grado grave) o se encuentra incapacitado para hacer las
actividades propias de su vida diaria (grado moderado).

Los problemas surgen con la valoración
del perjuicio personal particular en grado moderado porque las
aseguradoras tienden a no reconocerlo en los niños, que, sin embargo, si pueden
reclamarlo si, por ejemplo, no han podido ir al colegio o hacer deporte, y por
tanto debería considerarse como la baja laboral de un adulto.

La indemnización de los niños incluye también el pago de las secuelas que les queden tras el alta por estabilización lesional, y que pueden ser funcionales como estéticas.

Para puntuarlas se sigue el mismo
sistema que en el caso de los adultos,teniendo
en cuenta que el caso de los niños el
valor de cada punto de secuela es mayor cuanta menor edad tenga
. Esto
significa que teniendo la misma secuela el niño y el adulto, cobraría más
indemnización el primero que el segundo.

Además, el Baremo recoge otros conceptos que pueden reclamarse en la indemnización de un menor, como los daños morales complementarios, además del perjuicio patrimonial (daño emergente), que serían todos los gastos derivados del siniestro que haya tenido el niño, como los de desplazamiento, farmacia, sillas de ruedas, muletas, rehabilitación y cualquier otro que esté documentado, y que deben reclamar los padres o tutores en la indemnización.

¿CÓMO SE RECLAMA?

El DEMANDA TU LESION apostamos por intentar la
reclamación amistosa siempre que sea viable y posible llegar a un acuerdo

con la aseguradora para evitar a las familias una reclamación judicial.

Sin embargo,
esto no siempre es posible, sobre todo si la compañía no quiere negociar las
ofertas de pago para que se correspondan con los daños realmente sufridos por
las víctimas.

A todo ello
hay que añadir la parte humana del caso, porque cuando las víctimas son niños,
ya de por sí se ven envueltos en procesos muy traumáticos, lo que también
provoca nervios y estrés a los padres.

La
reclamación no consiste solo en hablar con la aseguradora.

Todo el proceso de curación y evolución de las
lesiones del perjudicado debe ser supervisado por un abogado especialista
,
que, además, se convierte en una ayuda y apoyo fundamental para las víctimas
menores y sus familias tanto a nivel legal como en el aspecto técnico, médico,
pericial y humano.

La víctima no tiene información, no conoce el Baremo ni sabe aplicarlo, y no puede saber si lo que le ofrece la compañía está bien o no. Y calcular una indemnización por accidente de tráfico no es nada sencillo.

Cuando el perjudicado cuenta con ayuda legal, solo tiene que ocuparse de su recuperación, porque será el abogado quien defienda los intereses del menor (y de los adultos si son varios lesionados, según el tipo de accidente) ante la compañía.

Si has sufrido un accidente de tráfico, tu hijo ha resultado atropellado, o viajaba como ocupante y ha tenido daños personales, no esperes y consúltanos gratuitamente contactando lo antes posible con DEMANDA TU LESION. Nuestros abogados te harán una primera valoración sin compromiso para que conozcas las opciones de reclamación de tu caso.