Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

¿EN QUE ME AFECTAN LOS CAMBIOS DEL BAREMO 2016 EN MI RECLAMACION POR ACCIDENTE DE TRAFICO?

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El pasado 1 de enero de 2016 entró en vigor el nuevo Baremo de Tráfico que recoge las cuantías indemnizatorias correspondientes a las lesiones y daños sufridos por hechos de la circulación. Un Baremo de tráfico que teóricamente se ha hecho con el consenso de aseguradoras, abogados especialistas en accidente de tráfico y otros profesionales.

La finalidad del nuevo Baremo de tráfico era modernizar un sistema que llevaba obsoleto muchos años, para intentar equipararlo al de otros países europeos. Sin embargo, muchos de los profesionales que nos dedicamos a la defensa de las víctimas de accidentes de circulación hemos visto, después de más de un año de funcionamiento del nuevo sistema, que con el mismo al final quien ha salido ganando han sido las propias aseguradoras.

LOS PRINCIPALES CAMBIOS DEL BAREMO 2016

Es importante saber que el Baremo de tráfico 2016 no es una actualización del antiguo Baremo, como ocurría antes, que se actualizaban las cuantías indemnizatorias cada año aplicando el IPC. Ahora nos encontramos con más de 500 páginas de novedades en un nuevo Baremo que por un lado establece un sistema distinto para calcular las indemnizaciones, y por otro lado modifica la Ley sobre Responsabilidad y Seguro en relación a la jurisdicción para reclamar y el procedimiento.

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Si tenemos que resaltar un importante cambio introducido con el nuevo Baremo de tráfico 2016, debemos hablar de que el mismo ha mejorado de manera sustancial las indemnizaciones a percibir por los grandes lesionados y fallecidos en accidentes de circulación. Sin embargo se reducen de manera drástica las indemnizaciones correspondientes a los casos más leves, que ahora requieren una serie de condicionantes que, de no cumplirse, pueden abocar al fracaso la reclamación, por mucho que esas lesiones estén derivadas del accidente.

Así, los famosos casos de esguinces cervicales, que es la lesión más común sufrida en los accidentes de tráfico, se complican de tal manera que prácticamente desaparecen, y es tan evidente que hasta el propio Baremo dedica un artículo en exclusiva a ellos (Artículo 135 “Indemnizaciones por traumatismos menores de la columna cervical”). De hecho, es la lesión más controvertida, la más discutida y por supuesto la peor pagada por las aseguradoras. Por ello cada vez se hace más necesario que la víctima acuda a asesorarse con abogados ajenos a las compañías de seguros y especialistas que desde el principio les ayuden a tramitar su caso teniendo en cuenta todos los requisitos exigidos ahora por el nuevo Baremo.

Otro cambio importante es que desaparecen los famosos días “impeditivos y no impeditivos” del Baremo de tráfico antiguo, pasando ahora a denominarse “perjuicio personal básico” y “perjuicio personal particular”. Sobre ello iremos hablando en otros post, porque son términos que hay que acostumbrarse a utilizar.

Otra novedad importante se refiere a la figura de los forenses, tan importantes antes de la despenalización de los juicios de faltas, y que ahora quedan relegados a peritos dependientes de la aseguradora, que es quien los paga, por lo que la imparcialidad es bastante dudosa.

También debe mencionarse que al lesionado con el nuevo Baremo de tráfico le complican la reclamación, que ahora solo podrá realizarse judicialmente por vía civil. Ello obliga a la víctima a costearse un procedimiento que supone unos gastos, aparte de que ya estamos comprobando como cada vez más se está incrementando más el colapso de los Juzgados civiles, aunque se nos intentó convencer de que pasaría todo lo contrario.

¿COMO AFECTAN ESTOS CAMBIOS EN LA RECLAMACION DE LA INDEMNIZACION?

El cambio principal que debemos mencionar el primer lugar es que hoy más que nunca, para interpretar el nuevo Baremo de tráfico 2016 y sobre todo para no dejarse ninguna partida a reclamar, va a ser necesario que la víctima cuente con el asesoramiento de abogados especialistas en accidentes de tráfico, que hayan estudiado el nuevo Baremo y que sepan cómo enfocar las reclamaciones con las novedades introducidas.

Es de destacar también que la tradicional indemnización por días del sistema antiguo, ahora pasa a llamarse “lesiones temporales”, y que para calcular la indemnización utilizaremos términos diferentes:

  • Perjuicio personal básico: referido a los perjuicios que no hace falta demostrar porque es obvio que se tienen al sufrir un accidente de tráfico, y que se especificarán en unas Tablas en el Baremo de tráfico, aplicándose según el tipo de lesión sufrida.
  • Perjuicio personal particular: se caracteriza porque solo lo van a sufrir determinados lesionados, por ejemplo los que tienen secuelas que les incapacitan para trabajar o para hacer las tareas básicas de la vida diaria, en cuyo caso me van a abonar una cantidad adicional al perjuicio personal básico.
  • Perjuicio patrimonial: se divide en el denominado “daño emergente”, que son gastos derivados de las lesiones sufridas, y el “lucro cesante”, que se refiere a los ingresos económicos que hemos dejado de percibir a causa del accidente, por ejemplo si nos descuentan una cantidad de nuestra nómina por estar de baja laboral.

Otro cambio importante es que por regla general las reclamaciones van a demorarse más. El nuevo Baremo de tráfico obliga a requerir de pago a la compañía que va a tener hasta tres meses para hacer oferta motivada. Si esta es insuficiente o no acorde con las lesiones sufridas, tendremos que acudir a una pericial médica e interponer un procedimiento civil, por lo que las reclamaciones se nos pueden ir fácilmente a dos o tres años.

¿VARIAN LAS CANTIDADES A PERCIBIR EN CONCEPTO DE INDEMNIZACION?

Las cantidades en concepto de indemnización han variado, no solo en lo referente a lo que vale, inicialmente, lo que llamábamos antes el día impeditivo y el no impeditivo, sino también cada caso concreto, atendiendo a las secuelas sufridas y a todos los factores que puedan darse en ese caso concreto y que no sirven para la generalidad. Aunque parece inicialmente un sistema más justo, también es cierto que resulta mucho más complejo de determinar y de aplicar.

Así, el día por perjuicio personal básico se paga a 30 €/día (Tabla 3.a del Baremo), y dentro del perjuicio personal particular se pagan, si es moderado, a 52 €/día, en el caso de que sea grave, se paga a 75 €/día, y el muy grave se pagará a 100 €/día.

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Si se han sufrido operaciones quirúrgicas, también se indemniza por cada una de ellas, oscilando entre los 400 y los 1600 € dependiendo del tipo de operación.

Por otro lado hay muchos otros gastos reclamables, como los gastos de asistencia sanitaria, gastos diversos resarcibles, gastos por pérdida de autonomía personal, además del perjuicio patrimonial y un largo etcétera, ya que la complejidad del nuevo Baremo obliga a valorar y estudiar bien caso por caso para, sobre todo, no dejar ninguna partida sin reclamar.

En DEMANDATULESION nuestro equipo de profesionales ha actualizado día a día sus conocimientos y experiencia profesional para ponerla a disposición de la víctima. Durante el pasado año 2016 hemos tramitado cerca de 500 reclamaciones de indemnizaciones conforme al nuevo Baremo de Tráfico, y nuestro consejo principal a la víctima es, lo primero, informarse bien acudiendo a especialistas habituados a tratar con las aseguradoras, y en segundo lugar, gestionar su caso con un abogado ajeno a las compañías y con experiencia en responsabilidad civil. Hoy más que nunca se hace necesario que las víctimas estén bien asesoradas para garantizar que la reclamación sea un éxito.