Hay posibilidad de reclamar indemnización para los ocupantes de un vehículo cuando sufren un accidente de tráfico, pero no en todos los casos.
Si
viajas como ocupante en un vehículo privado, o eres “paquete” en una
motocicleta, o viajas como pasajero en el tren, el metro o un autobús, estás
expuesto, como cualquiera que participa en un hecho de la circulación, a verte
involucrado en un siniestro.
Sin
embargo, no eres un participante activo
en la circulación, puesto que no conduces, y tu posición es la de mero
observador.
Por
eso muchos perjudicados que se encuentran en esta situación, no saben si pueden reclamar una
indemnización en caso de sufrir daños y perjuicios en el siniestro.
Como
suele pasar, la falta de información y el desconocimiento juega siempre en
contra de la víctima, que desconoce cómo actuar en estos casos y qué derechos
tiene si ha resultado perjudicado.
¿Cobra
igual el ocupante que el conductor? ¿Qué ocurre si vas en el vehículo culpable
del siniestro? ¿La compañía de seguros puede negarse a pagarte por los daños que
has tenido?
Como
ocurre en cualquier accidente, las dudas que pueden surgir a los ocupantes de
un vehículo involucrado en un siniestro son aprovechadas por las aseguradoras para ofrecer
indemnizaciones que no se corresponden con la realidad de los perjuicios
sufridos.
Para
que tu reclamación como pasajero prospere con garantías, es importante que te
informes y conozcas qué necesitas para que te paguen los perjuicios que has
tenido en el siniestro con ayuda de un abogado
especialista.
RECLAMACION DEL OCUPANTE DE LA INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRAFICO
La
primera premisa a tener en cuenta es que el
ocupante nunca puede ser el culpable del accidente de circulación.
Como
pasajero de un coche, motocicleta, taxi, vehículo VTC, autobús, y otros, eres
un mero elemento pasivo en la conducción, y no participas en el hecho de conducir.
Esto
significa que, en caso de accidente, el
elemento culpabilístico no te afecta, aunque viajes en el vehículo responsable.
Por
lo tanto, y en términos generales, el
ocupante que resulta perjudicado en un siniestro, puede reclamar indemnización
siempre, al margen de que viaje en el vehículo culpable o no.
Sin
embargo, aunque esta es la norma general, hay
excepciones, y en ocasiones los pasajeros pueden encontrarse problemas para
reclamar su indemnización, no tanto en relación a la culpa, por no ser parte
activa en la conducción, pero sí en cuanto a la valoración del alcance de las
lesiones y daños sufridos.
INDEMNIZACION DE OCUPANTE: EXCEPCIONES
Aunque la regla general es que el ocupante cobra siempre, hay varias excepciones que pueden darse y que pueden dificultar o incluso impedir que puedas reclamar una indemnización.

- Viajo con un conductor que da positivo en alcohol
Sabemos que no se puede conducir bajo la
influencia de bebidas alcohólicas. Imagina que te subes al coche de un amigo
que ha bebido y sufrís un accidente de tráfico. O piensa que coges un taxi o un
vehículo VTC y no sabes que su conductor ha consumido alcohol.
Estos
supuestos son muy habituales, y condicionan
la posibilidad del pasajero de pedir indemnización en caso de siniestro si
sabe o conoce que el conductor del vehículo al que se sube se encuentra bajo la
influencia de bebidas alcohólicas.
El nuevo Baremo de
Tráfico contempla estos casos y establece la posibilidad de reducir la indemnización a percibir por el
ocupante si conoce o sabe que el conductor conduce o va a conducir bajo la
influencia de bebidas alcohólicas.
En este sentido,
el apartado 15 de la Directiva
Comunitaria 2005/14/CE indica al respecto, que lógicamente el pasajero de
un coche, moto, autobús, taxi, y otros, no puede saber a ciencia cierta cuál es
la tasa de alcohol que daría el conductor y si está o no por encima de los
límites permitidos.
Por eso prohíbe expresamente excluirlos de la
cobertura sanitaria a la que tiene derecho por el seguro, si bien luego deja a
cada país la decisión de si en estos supuestos debe reducirse o incluso
suprimirse la indemnización al pasajero.
En el caso de España, la referencia la
tenemos en el artículo 1 de la Ley sobre
Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LSCSCVM),
que indica que “Si concurren la negligencia del conductor y la del perjudicado,
se procederá a la equitativa moderación
de la responsabilidad y al reparto en la cuantía de la indemnización,
atendida la respectiva entidad de las culpas concurrentes”
A partir de aquí, tanto compañías de
seguros como Tribunales, suelen usar este criterio para minorar la indemnización a un ocupante cuando se demuestra que, con
antelación al accidente, conocía que el conductor del vehículo en el que viaja
circulaba habiendo consumido alcohol.
Sin embargo, el actual Baremo de
Tráfico solo habla de la posibilidad de que en un siniestro exista una
concurrencia de culpas, indicando varios supuestos que pueden afectar a los
ocupantes, pero sin incluir el caso de alcoholemia.
El Baremo menciona otras posibilidades para minorar la indemnización al pasajero, hablando de contribución del
mismo en la producción del daño, como el supuesto de que no lleve puesto el
cinturón de seguridad, lo que puede repercutir en una mayor gravedad de las
lesiones, pero sin mencionar la posibilidad de reducir la indemnización en un
caso de alcoholemia.
El problema radica en que, siempre
que sea posible, las compañías de seguros intentarán pagar la menor
indemnización posible, por lo que, si hay el menor resquicio para evitar
pagar, van a negarse a hacerlo, motivo por el cual es conveniente que siempre
te asesores legalmente.
- Circulo en moto sin casco o en coche sin cinturón de seguridad
No llevar el preceptivo casco si
viajas como ocupante en una moto, o viajar en un vehículo de pasajero sin
llevar el cinturón de seguridad, son factores de riesgo que te predisponen a sufrir
mayores daños en caso de accidente.
De
hecho, las estadísticas indican que las lesiones suelen ser de más gravedad
porque no se utilizan los adecuados elementos de seguridad, que, además, son
obligatorios.
En
estos supuestos, es obvio que como
pasajero estás contribuyendo en la producción del daño, que habría sido menor
de haber utilizado estos mecanismos de seguridad, por lo que la cantidad
que te vayan a pagar como indemnización se va a minorar, según lo indicado en
el Baremo de Tráfico y el artículo 1 de la LRCSCVM.
- Me caigo en el interior de un autobús por culpa exclusiva mía
Las
caídas en el interior de un autobús son de lo más frecuente, y sobre ellas
siempre surge la duda del mecanismo de producción del accidente.
El pasajero de un autobús es
ocupante, y en principio, tiene derecho a reclamar una indemnización en caso de accidente.
Sin
embargo, no siempre es así.
Si la caída es culpa exclusiva tuya o
a una negligencia imputable únicamente a ti, no tendrás derecho a reclamar
cantidad alguna como ocupante con cargo al Seguro Obligatorio de
Automóviles, porque la responsabilidad de la caída recae en ti exclusivamente,
pero sí podrás reclamar con cargo al
Seguro de Viajeros o SOV.
PAGADOR DE INDEMNIZACION A OCUPANTES
Es muy habitual que, si eres ocupante, y dependiendo del tipo de accidente o la responsabilidad, te surja la duda sobre a quién debes reclamar la indemnización que te pueda corresponder.



Lo
que debes hacer en estos casos es consultar siempre con un abogado especialista, ya que una reclamación mal dirigida puede
condenarla al fracaso.
- Indemnización cuando soy ocupante del vehículo culpable
Imagina
que viajas como pasajero en un vehículo
(coche, moto…) que resulta responsable del accidente que tenéis.
En
este caso, quien debe hacerse cargo de
los daños que hayas tenido es la compañía de seguros del vehículo en el que
viajas, ya que, en tu caso, al ser un elemento meramente pasivo en el
siniestro, el factor culpa no te afecta.
Podrás
reclamarle las lesiones o daños
personales que hayas tenido (tiempo de curación, secuelas, y resto de
factores incluidos en el Baremo de Tráfico, dependiendo del tipo de siniestro y
gravedad), los daños materiales
(desperfectos en objetos tales como móviles, gafas, casco en el caso de las
motos, y otros), y el perjuicio
patrimonial (lucro cesante y daño emergente).
Para
calcular la indemnización que te corresponda vas a necesitar siempre la ayuda legal de un abogado especialista y
ajeno a las aseguradoras, porque interpretar el Baremo de Tráfico no es
fácil, y las compañías van a ofertarte siempre cantidades inferiores a las que
te correspondería percibir.
- Indemnización cuando el culpable es un tercero
Si
el responsable del siniestro es un tercero, tanto tú como ocupante como el
conductor del vehículo en el que viajas debéis
reclamar a la compañía de seguros del tercero culpable del accidente.
La
reclamación incluye, igual que en el caso anterior, los daños personales, los daños materiales y el perjuicio patrimonial,
que habrá que valorar atendiendo a cada caso concreto.
- Indemnización cuando viajo sin saberlo en un vehículo sin seguro
¿Qué
ocurre cuando viajas en un vehículo o motocicleta que no tiene seguro o lo
tiene caducado, y tenéis un accidente de circulación?
Lo
normal es que desconozcas esta circunstancia, que lógicamente te afecta si
tienes lesiones y daños.
Si te encuentras
en esta situación, deberás dirigirte para hacer la reclamación de la indemnización al Consorcio
de Compensación de Seguros, que
es una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad y
que funciona como aseguradora en aquellos casos donde el responsable de un
accidente circula sin seguro.
La
reclamación al Consorcio tiene, no obstante, algunas particularidades, por lo
que siempre es recomendable que acudas a un abogado especialista para que te
ayude a tramitarla.
SI SOY OCUPANTE: CONCEPTOS QUE PAGAN EN LA
INDEMNIZACION
Una
vez que hayas determinado que tienes derecho a reclamar una indemnización por
el accidente de tráfico como ocupante que hayas tenido, el siguiente paso es
saber qué daños puedes reclamar, cómo
valorarlos, y el modo de calcular
tu indemnización.
Para
hacerlo, las pautas son las mismas que en cualquier siniestro, acudiéndose al
Baremo de Tráfico que indica todos los conceptos que puedes reclamar como
ocupante.
Los
problemas que vas a encontrarte son varios:
- No sabes aplicar ni
interpretar el Baremo porque no lo conoces. - Tampoco tienes idea de si la
aseguradora te está haciendo una oferta correcta y en consonancia con los
perjuicios que has tenido. - Te puedes encontrar en un
caso de concurrencia de culpa porque no llevabas el cinturón o el casco de moto
y la aseguradora o no quiere pagarte o la oferta es mínima y no sabes si es
correcta.
Cada víctima es diferente a las demás y por ello no se puede generalizar. Puede haber dos ocupantes en el mismo vehículo con lesiones similares y las indemnizaciones nunca serán iguales en los dos casos.



La indemnización que puedes cobrar
como ocupante
tiene tres partes:
- Daños
personales o lesiones, se paga por un lado el tiempo
que hayas tardado en restablecerte desde la fecha del accidente hasta que
recibes el alta médica, y por otro las secuelas
funcionales y estéticas que te hayan podido quedar.
Además
de lo anterior, el Baremo incluye otra serie de conceptos que se aplican caso
por caso, como son el perjuicio moral por secuelas o el prejuicio por pérdida
de calidad de vida, la indemnización por intervenciones quirúrgicas, y otros,
que deben ser calculados por un abogado especialista atendiendo a tu caso concreto.
- Daños materiales, entendiendo por tales en el caso de los
ocupantes cualquier desperfecto sufrido en
objetos portados en el momento del siniestro, como gafas o móviles, que son
los más comunes, pero también el casco de moto o indumentaria dañada, ordenadores
que llevamos en el coche, y otros similares. - Perjuicio patrimonial, que el Baremo divide en lucro cesante (pérdida económica o
ganancia dejada de obtener a causa del accidente) y el daño emergente (gastos que has tenido derivados del siniestro, como
farmacia, desplazamientos, pruebas diagnósticas o rehabilitación).
Es importante tener en cuenta que no por saber que el ocupante, salvo casos
excepcionales, cobra siempre una indemnización en caso de siniestro, las cosas
son más sencillas, porque no ocurre así.
Desde DEMANDA TU LESION recomendamos
siempre externalizar la reclamación, y no esperar para acudir a un abogado
especialista cuando el caso se complica, la aseguradora pone pegas para pagar o
la oferta de indemnización es insuficiente.
Si eres ocupante y tienes un accidente de la clase que
sea, no esperes para acudir a un abogado y contacta con DEMANDA TU LESION para que nuestros especialistas te hagan una primera
valoración gratuita sobre tu caso.