Los accidentes de coche son los más habituales, y en la dinámica de los mismos intervienen muchos factores que de una u otra forma condicionan la reclamación de una indemnización por los daños sufridos.
En muchas ocasiones las víctimas no cuentan con el asesoramiento adecuado, y desconocen los pasos a seguir y los documentos que necesitan para garantizar el éxito de la reclamación.
La ayuda de un abogado especialista en accidentes de tráfico resulta fundamental para tramitar el caso, teniendo en cuenta además que en la mayoría de los supuestos la víctima va a contar con la cobertura por defensa jurídica que tiene incluida en su póliza que le va a cubrir en todo o en parte los honorarios del abogado particular que libremente designe.
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¿CUBRE EL SEGURO EL ACCIDENTE CUANDO EL CONDUCTOR NO ES EL ASEGURADO?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que para poder conducir es necesario contar con el oportuno permiso o carné de conducir. El hecho de circular sin estar en posesión del mismo acarrea consecuencias penales para el infractor, al considerarse delito en nuestro Código Penal.
En una póliza de seguro nos podemos encontrar con varias figuras: el propietario del vehículo en cuestión, el asegurado, y el tomador de la póliza, y no siempre tienen que coincidir todos ellos en la misma persona.
El conductor, a efectos de la póliza de seguro, será la persona que está habilitada por el propietario del vehículo asegurado o por el asegurado para utilizarlo.
Es importante que la compañía de seguros tenga constancia de quien conduce el vehículo de manera habitual, que suelen ser el conductor principal y el conductor ocasional, y estarán cubiertos por la póliza de seguro si la compañía tiene dicha constancia, por lo que deben estar incluidos en la misma.
No obstante lo anterior, hay que tener en cuenta que no solamente estarán cubiertos en caso de siniestro los conductores declarados en la póliza, y que en este sentido cada aseguradora establece su propio criterio, que está en función de la antigüedad del carné y la edad del conductor. Por ejemplo, hay aseguradoras que establecen un mínimo de 25 años y le añaden X años de carnet de conducir, y otras elevan esa edad a los 27 o 28 años, por tanto, depende de los requisitos que haya establecido cada compañía en su póliza de seguro.
Por ello, antes de coger un coche, es conveniente revisar las condiciones particulares de la póliza para saber si quien va a conducir estará o no cubierto en caso de sufrir un accidente de tráfico.
QUÉ HACER SI TENGO UN ACCIDENTE EN UN COCHE QUE NO ES MIO
Este punto es importante y conviene saber lo que hacer porque en muchas ocasiones hay personas que dejan su coche en manos de otros conductores con demasiada ligereza y sin pensar en lo que podría pasar en caso de que ocurriera un accidente de tráfico.
En principio, si el conductor es mayor de edad y dispone de carnet de conducir no habría problema. En cuanto a la edad, en términos generales los menores de 26 años deben estar incluidos en la póliza, lo que es importante sobre todo en el caso de padres que dejan a sus hijos conducir su vehículo, pero no los incluyen en la póliza porque quieren ahorrarse el sobrecoste que supone, lo cual es un error grave que puede tener consecuencias muy negativas si el hijo tiene un accidente con el coche del padre.
Por tanto, si dejo mi coche a una persona mayor de 26 años y con carné de conducir, y la misma sufre un accidente, en principio y en términos generales los pasos a dar son los mismos que en cualquier otro siniestro y estará cubierto por la póliza, si bien siempre es aconsejable antes de prestar el coche, revisar las condiciones particulares de la póliza para que luego no haya problemas.
Ahora bien, si el conductor al que le he prestado el coche sufre un accidente y da positivo en alcoholemia o drogas, no estará cubierto por la póliza por las cláusulas de exclusión de responsabilidad que casi todas las pólizas de seguro incluyen para estos supuestos, y si en el accidente provoca daños a terceros, la aseguradora tendrá la facultad de repetición contra el conductor culpable reclamándole las indemnizaciones que haya tenido que pagar a los perjudicados y que dicho conductor tendrá que abonar con su propio patrimonio.
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INDEMNIZACION A RECLAMAR EN ESTOS CASOS
Si no hemos sido culpables exclusivos del accidente sufrido con un coche que no es nuestro, y en el mismo se producen daños materiales y personales, los daños materiales no podrá reclamarlos la víctima, puesto que no es propietaria del vehículo que conducía, y esta reclamación deberá hacerla el dueño del coche. Para ello, deberán peritarse dichos daños y es propietario podrá gestionar el arreglo de los mismos a través de su seguro o contratando un abogado particular especialista en reclamaciones derivadas de accidentes de tráfico.
En cuanto a las lesiones, podrá reclamarlas el perjudicado independientemente de que el vehículo no fuera suyo, y siempre que no haya tenido la culpa en el accidente. La reclamación se dirige a la compañía de seguros del vehículo culpable, para lo que será fundamental que el perjudicado contrate los servicios de un abogado externo, particular y ajeno a las aseguradoras, que defienda sus derechos frente a la compañía obligada al pago de la indemnización.
Dentro de estas lesiones se incluirá, por un lado, el tiempo que el lesionado haya tardado en curarse, desde el accidente hasta que el traumatólogo le dé el alta médica, y que se dividirá, según el Baremo de Tráfico, en perjuicio personal básico y perjuicio personal particular, dependiendo de si la víctima ha tenido días de hospital, días de baja laboral o de incapacitación para las tareas básicas de la vida diaria, y días de curación.
Todo ello tiene que estar perfectamente documentado en los informes médicos, empezando por el de urgencias inicial, que nunca puede ser posterior a las 72 horas desde el siniestro, los de evolución, las pruebas diagnósticas pertinentes tales como resonancias o ecografías, y el informe final de rehabilitación.
Además, la indemnización también incluye las posibles secuelas permanentes que hayan quedado a la víctima después de su periodo de curación, y cualquier tipo de incapacidad derivada directamente de las lesiones sufridas.
Dada la complejidad para quienes no conocen la normativa y los requisitos que se exigen ahora para garantizar la viabilidad de una reclamación de indemnización derivada de un accidente de tráfico, desde DEMANDA TU LESION y como abogados especialistas en siniestros, siempre insistimos en que la víctima se asesore cuanto antes, buscando un abogado de confianza experto en la materia, que defienda sus derechos y reclame con garantías la indemnización que le corresponda.