Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

INDEMNIZACIÓN POR CAÍDA EN LUGARES PÚBLICOS

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Los lugares públicos (centros comerciales, restaurantes, tiendas, parques temáticos, teatros, cines, etcétera) tienen una constante afluencia de personas y en ocasiones, puede darse el caso de que alguien sufra un accidente en sus instalaciones.

No todo el mundo sabe que, en estos supuestos, y siempre que se den una serie de requisitos, el perjudicado en este tipo de siniestros puede reclamar una indemnización.

Es fundamental acudir cuanto antes, si se sufre una caída en un establecimiento público, a un abogado especialista en accidentes, a fin de saber si ese supuesto concreto puede reclamarse.

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¿CUANDO RECLAMAR UNA INDEMNIZACION POR CAIDA?

Lo primero que debe tenerse en cuenta es que no todas las caídas se pueden reclamar.

Cuando el accidente se produce por culpa exclusiva del perjudicado, es decir, se trata de una falta de atención, un despiste, e incluso una negligencia por su parte, no habrá derecho a reclamar indemnización alguna por los daños sufridos, puesto que estos supuestos el único responsable del siniestro es el propio perjudicado. Un ejemplo sería quien se cae por unas escaleras mecánicas por hacer un mal uso de las mismas (saltar, empujarse, etcétera).

Sin embargo, existen situaciones muy cotidianas que ocurren en ocasiones que sí pueden dar lugar a exigir una responsabilidad. Supuestos habituales son caídas o resbalones por líquidos derramados en el suelo, puertas giratorias que funcionan mal, baldosas defectuosas, iluminación deficiente, escaleras mecánicas en mal estado, o productos mal colocados en estanterías que se vencen. Todos estos supuestos dan lugar al derecho de la víctima de un accidente por cualquiera de estos motivos a exigir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, a cargo de la compañía de seguros del establecimiento o local comercial.

Este tipo de reclamaciones suelen gestionarse y solucionarse de manera extrajudicial, cuando existen elementos probatorios suficientes para demostrar la causa del daño y el resultado lesivo, y siempre que el perjudicado cuente con asesoramiento jurídico de un abogado especialista en accidentes por caída que se ocupará de negociar con el seguro.

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¿QUÉ HACER EN CASO DE SUFRIR UNA CAIDA EN LUGAR PUBLICO?

Hay veces que se producen caídas o pequeños incidentes en lugares y establecimientos comerciales que no van a mayores, y que, dada su levedad, no se reclaman.

Sin embargo, en otras ocasiones el accidente puede ocasionar lesiones graves, siendo las más habituales las fracturas provocadas en resbalones y malas caídas. Cuando en la producción del daño han intervenido elementos externos ajenos al propio perjudicado, como manchas en el suelo o líquidos derramados, existe una responsabilidad del local o establecimiento y por tanto, derecho a reclamar los daños y perjuicios sufridos.

Lo primero que hay que hacer al sufrir una caída de este tipo es demostrar el nexo causal entre el accidente y los daños sufridos, y ello tiene que realizarlo el propio perjudicado, ya que sin elementos probatorios será muy difícil que la reclamación pueda prosperar.

Los principales pasos a dar en estos casos son:

No moverse del lugar y avisar de inmediato a los agentes de la autoridad, para que acudan a levantar un Atestado, y a los servicios de emergencias para que realicen a la víctima una primera asistencia médica. El parte que emita la Policía nos servirá para acreditar la realidad del accidente ante la compañía de seguros del establecimiento, y el primer informe de asistencia de los servicios de emergencias acreditará, en una primera valoración, la existencia de lesiones.

Avisar a los responsables del local o establecimiento y sacar fotografías de la causa que ha originado el accidente. Esto es muy importante porque de inmediato el establecimiento va a borrar o eliminar todo vestigio o huella de lo ocurrido, por lo que antes de ello es conveniente sacar fotografías para acreditar cómo han ocurrido los hechos.

Recopilar datos de testigos presenciales del accidente. Esto es muy fácil teniendo en cuenta que se trata de lugares públicos con gran afluencia de personas, por lo que siempre habrá testigos de la caída. Es muy importante coger los datos personales, DNI y teléfono de los mismos, ya que su declaración será clave para demostrar la veracidad del accidente y el modo de ocurrir el mismo. En caso de que se discuta la culpa por la aseguradora y sea necesario interponer un procedimiento judicial, los testigos podrán declarar y así acreditar el siniestro.

Acudir de inmediato a un Hospital o Centro Médico (si no nos trasladan los servicios de emergencia) para que nos hagan un examen completo de las lesiones sufridas, que deben quedar claramente especificadas en el informe de alta, indicándose la causa que las ha motivado.

-Poner una reclamación en el Centro Comercial lo antes posible, indicando fecha, hora y lugar exacto del accidente, causa que lo motivó, lesiones y daños sufridos, datos de testigos presenciales, fotografías y copia de los informes médicos iniciales. De esta reclamación, el establecimiento dará traslado a su compañía de seguros para aperturar expediente y hacer el seguimiento.

¿QUIÉN PAGA LA INDEMNIZACION POR CAIDA EN LUGAR PUBLICO?

La indemnización por caída en lugar público la abona la compañía de seguros del local o establecimiento donde se ha producido el accidente. Es necesario primero haber dado los pasos anteriores, porque si no somos capaces de demostrar de manera fehaciente cómo ha ocurrido y contar con elementos probatorios, la aseguradora puede declinar responsabilidad o pretender imputar la misma al propio perjudicado.

Cuando se trata de lesiones graves que requieren un largo proceso de curación, la aseguradora normalmente va a realizar seguimiento del mismo.  Es fundamental, en estos casos, que la víctima cuente con asesoramiento legal por abogados especialistas, ya que en su momento habrá que valorar los daños, y ya sabemos que, por norma, las ofertas de las compañías siempre están por debajo de lo que realmente corresponde al lesionado.

Una vez la víctima haya recibido el alta por estabilización de sus lesiones, deberá hacerse la reclamación por nuestro abogado, adjuntando toda la documentación que se ha ido pidiendo al perjudicado a lo largo del proceso para realizar una valoración y la correspondiente oferta de indemnización, no solo por las lesiones, sino también por cualquier otro daño o perjuicio sufrido directamente relacionado con el siniestro.

Nuestro abogado nos indicará si es o no correcta, y en su caso, negociará con la compañía de seguros para intentar un acuerdo amistoso que evite un procedimiento judicial.

En caso de que la oferta no sea adecuada, o sea insuficiente, o incluso con las pruebas correspondientes la aseguradora se niegue a pagar, será necesario interponer una demanda judicial civil contra la compañía en defensa de los derechos del perjudicado.

En DEMANDA TU LESION contamos con abogados especialistas en caídas en establecimientos públicos, que han tramitado casos tanto en vía amistosa como en sede judicial, contando además con un amplio equipo de técnicos, peritos médicos y laboralistas que se ponen a disposición de la víctima desde el primer momento.