De todos los tipos de lesiones derivadas de los accidentes de tráfico, el denominado “latigazo cervical” ha sido la más común, que afecta a la mayoría de los lesionados, y precisamente por ello, es la lesión más discutida por las compañías de seguros, y también la peor pagada.
Dados todos los condicionantes que el nuevo Baremo de 2016 ha introducido para poder reclamar una indemnizacion por latigazo cervical, conviene conocer de antemano lo que tenemos que hacer y estar bien asesorados por un abogado especializado para no encontrarnos sorpresas a la hora de reclamar.
EL PROBLEMA DE LAS CERVICALGIAS CON EL NUEVO BAREMO 2016
El nuevo Baremo 2016 dedica un artículo en exclusiva a los traumatismos menores de columna, el artículo 135,“Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral”.
De acuerdo con este artículo, se va a entender por traumatismo menor aquel sustentado en las manifestaciones del lesionado y que va a necesitar ahora más que nunca una prueba médica que acredite la existencia de la lesión. Esto aplica especialmente a las reclamaciones de indemnizacion por latigazo cervical.
Es importante que se cumplan los criterios establecidos en este artículo, en especial:
-Acudir a urgencias antes de las 72 horas posteriores al accidente, ya que de lo contrario podemos encontrarnos que la compañía nos niega que esa lesión derive del siniestro.
–Que haya relación causal entre el tipo de accidente sufrido y la lesión.
–Que haya cierta intensidad en el accidente: Ojo con ello porque eso está siendo utilizado por las compañías para negar las lesiones cuando los daños materiales del vehículo son de escasa entidad. En estos casos conviene aportar a la reclamación un estudio de biomecánica que demuestre que el accidente ha podido provocar las lesiones sufridas.
–Acreditar la existencia de la secuela en su caso, con los informes o pruebas médicas más exhaustivos que podamos solicitar a nuestros médicos.
¿Y SI TENGO UNA LESION PREVIA AL ACCIDENTE?
En muchas ocasiones las compañías intentan evitar el pago de indemnización de secuelas alegando que el lesionado tenía una lesión previa a la que achacan todas las dolencias que padece.
Tener antecedentes previos no es obstáculo, no obstante, para solicitar la indemnización que nos corresponda es necesario justificarlo documentalmente. Muchas veces solo por una cuestión de edad, tenemos una patología degenerativa que se agrava a consecuencia del accidente sufrido, lo que ocurre en la mayoría de las ocasiones cuando se dan estos antecedentes. La reclamación de tu indemnizacion por latigazo cervical es tu derecho y aunque tengas antecedentes siempre es demostrable si has sufrido daños a consecuencia del accidente.
Para reclamar con garantías una indemnización por secuelas cuando tenemos antecedentes previos, es muy importante conseguir informes de los médicos que nos están haciendo el seguimiento que acrediten cómo estábamos antes del accidente, o de nuestro médico de cabecera que tiene todo nuestro historial médico, porque si no hemos tenido antecedentes de consultas médicas, o bajas laborales por una lesión de cuello, aunque las pruebas médicas evidencien que existen antecedentes degenerativos, podremos reclamar la indemnización que nos corresponda por las secuelas sobrevenidas a raíz del siniestro.
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LA IMPORTANCIA DE LOS INFORMES MEDICOS PARA LAS SECUELAS Y PARA LA INDEMNIZACION POR LATIGAZO CERVICAL
Para reclamar indemnizacion por latigazo cervical o cualquier otra secuela derivadas de un accidente, los informes médicos son fundamentales. El nuevo Baremo 2016 habla en su artículo 135 de la necesidad de un “informe médico concluyente”.
A nuestro juicio, un informe de rehabilitación que indica que el lesionado sigue teniendo a la exploración contracturas, o una radiografía donde aparece que el lesionado tiene una rectificación cervical, debería ser suficiente para acreditar la existencia de secuelas derivadas de un latigazo cervical. Ahora bien, tras la experiencia de este primer año conviviendo con el nuevo Baremo, podemos afirmar con rotundidad que las aseguradoras siguen “regateando” por este tipo de secuelas, por lo que cuantos más informes médicos consigamos, mucho mejor.
En este sentido siempre es conveniente, si es posible, hacerse pruebas complementarias (por ejemplo resonancias), para apoyar el diagnóstico inicial, y conseguir informe evolutivo de nuestro médico de cabecera, y de nuestro traumatólogo, lo más completos posibles, que apoyen a existencia de la secuela de manera concluyente.
Normalmente el lesionado desconoce lo que indica el nuevo Baremo, y si no acude a un abogado especialista, la aseguradora no le va a indicar los pasos a dar o los informes que tiene que pedir, por lo que puede encontrarse con la sorpresa de que la compañía de seguros responsable no quiera pagarle indemnizacion por latigazo cervical.
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Es por ello que desde DEMANDATULESION y basándonos en nuestra experiencia de años defendiendo casos con lesiones cervicales, que siempre recomendamos a la víctima que se asesore y se informe con un abogado especialista y ajeno a las compañías de seguros, sobre los pasos a dar, las pruebas que debe pedir y los informes que tiene que solicitar para poder asegurarse que la reclamación de indemnización por latigazo cervical va a prosperar, máxime cuando la consulta es gratuita y sin compromiso y cuando además los honorarios del abogado particular que elijamos nos van a salir gratis en todo o en parte gracias a la cobertura por defensa jurídica incluida en nuestra póliza de seguros.