Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

La cuantía de las indemnizaciones por accidentes… ¿De qué depende?

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Conocer de
qué depende la cuantía de las indemnizaciones
te ayudará a entender los
criterios utilizados a la hora de valorarlas y pagarlas.

Una de las preguntas recurrentes de la mayoría
de los perjudicados en un siniestro es saber cuánto van a poder reclamar por
los daños que han tenido.

Y una de las respuestas que en DEMANDA TU LESION siempre les damos es
“depende”.

Ese “depende” es lo que justifica que
advirtamos siempre a cualquier víctima cuando viene a vernos que se olviden de
comparar su accidente con el de los demás.

Y es que es muy habitual que muchos
accidentados se comparen con el siniestro sufrido por que un familiar o amigo
cercano, sea reciente o sea de hace 25 años.

El primer error que puedes cometer si resultas
perjudicado con lesiones es compararte con los demás. Tú no vas a percibir
nunca la misma indemnización que tu vecino o tu amigo, aunque hayas sufrido los
mismos daños.

Vamos a ver qué factores intervienen en la cuantía de las compensaciones económicas
que se cobran por siniestros de circulación
. Y uno de ellos, ya lo
adelantamos, va a ser la ayuda legal que tengas.

El asesoramiento de un abogado especialista en accidentes https://demandatulesion.com/abogado-accidente-de-trafico-contratar-abogado/ puede ser la diferencia entre percibir la cantidad mínima (o incluso no percibir nada) o cobrar la indemnización que realmente tienes derecho a exigir por los perjuicios sufridos.

LA INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRAFICO

Cuando hablamos de indemnización por accidente
de tráfico nos referimos a esa compensación
a la que tiene derecho toda víctima que ha sufrido un menoscabo físico,
psicológico o patrimonial derivado de un siniestro
en el que no es culpable
exclusivo.

Dicho de otro modo, lo primero que debes tener
en cuenta es que para poder reclamar los daños y perjuicios sufridos no puedes
ser el único responsable del accidente.

Como sin duda imaginas, no todo es blanco o
negro, y así nos encontramos con todos aquellos casos donde hay versiones
contradictorias, o el contrario dice que la culpa es tuya, o incluso has tenido
una parte de responsabilidad en el siniestro.

Dejando la culpa al margen, vamos a dar por hecho que la tienes acreditada y centrarnos en todos aquellos factores de los que va a depender la cuantía de la indemnización que puedes reclamar.

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LOS FACTORES CLAVES A TENER EN CUENTA PARA VALORAR LA CUANTIA
DE UNA INDEMNIZACION

Ya hemos dicho que cada accidente es diferente a los demás, y cada perjudicado también.
Insistimos en ello, porque es uno de los factores claves a tener en cuenta a la
hora de calcular la cuantía de una indemnización.

¿Crees que cobrarán lo mismo dos personas que
viajan como ocupantes en el mismo coche, en el asiento de atrás, y sufren una
colisión trasera y el mismo tipo de lesión (por ejemplo, un latigazo cervical)?

La respuesta es NO.

Y es así porque en el resultado lesivo, y por
tanto en la cuantía de la indemnización que reclame cada uno de esos dos
lesionados, van a intervenir
determinados factores que son los que personalizan cada supuesto
y provocan
que haya que valorarlos siempre caso por caso.

Por ejemplo, no es igual pesar 50 kilos que
pesar 85, o ser una persona de complexión delgada o robusta.

Tampoco es lo mismo ser hombre que mujer, ni
tener 20 años o tener 75.

De la misma forma no es igual recibir un
impacto trasero viajando bien sentado, con la espalda recta y la cabeza apoyada
en el reposacabezas, que encontrarse en el momento de la colisión con el cuello
girado o agachado por cualquier motivo.

Si tenemos en cuenta todos estos criterios,
nuestros dos protagonistas del alcance trasero que hemos comentado han sufrido
el mismo accidente, y es posible que se les diagnostique la misma lesión… pero
ni van a curarse a la vez, ni van a tener las mismas secuelas. Y por tanto la cuantía de su indemnización va a ser
diferente.

Hemos puesto el ejemplo del latigazo cervical
porque se trata de una lesión muy controvertida, poco reconocida por las
aseguradoras, y en general muy mal pagada.

El problema que surge en estos casos de
lesiones menores es que las compañías de seguros se basan en criterios
estadísticos para calcular este tipo de indemnizaciones.

Y por ejemplo no pagan más de X dinero por un
esguince cervical porque los estudios dicen que ese tipo de daño tarda como
mucho X días en curar.

Y aún peor: utilizando criterios estadísticos,
se acogen a lo dispuesto en el Baremo de Tráfico actual para directamente,
negar la existencia de lesiones leves o menores como las derivadas de un
alcance trasero leve, en base a “estudios científicos” que, por ejemplo, dicen
que si los vehículos tienen pocos daños materiales los perjudicados no pueden
sufrir daños personales.

Así no se calcula la cuantía de una
indemnización por accidente https://demandatulesion.com/que-es-una-indemnizacion-por-accidente-de-trafico/.

No
son los criterios estadísticos, sino la valoración de las circunstancias
personales de la víctima
(edad, sexo, complexión, antecedentes
médicos previos, posición en el vehículo…) lo que debe utilizarse para
determinar el alcance real de los daños sufridos.

DE QUE DEPENDEN LAS CUANTIAS DE LAS INDEMNIZACIONES

En la mayoría de los casos, las compañías de seguros realizan ofertas
motivadas de pago que no se corresponden con la entidad de los daños
que ha
tenido el perjudicado.

Y no hablamos solamente de lesiones. En una
indemnización, debe comprenderse la compensación por la totalidad de los
perjuicios sufridos.

Evidentemente, cuanto mayores son esos perjuicios,
mayor es la cantidad a percibir por la víctima.

Por tanto, las cuantías de las indemnizaciones dependen del tipo de daño, pero
valorado en su integridad, y esto incluye tanto los materiales, como los
personales, además del perjuicio patrimonial (que incluye el lucro cesante y el
daño emergente).

  • Indemnización por daños materiales

Cuando hablamos de daños materiales no nos
referimos solamente a la reparación del
coche, la moto o la bici
. Por supuesto que esto forma parte de los gastos
que debe asumir la compañía.

Pero daños materiales también pueden tener los
peatones. Por ejemplo, si en un atropello se rompe el móvil de la víctima, o
sus gafas, el importe de su reparación o sustitución también debe incluirse en
este concepto.

O, por ejemplo, si en un accidente de coche,
se dañan maletas, equipaje, ordenadores, GPS o cualquier otro elemento, también
hay derecho a reclamar su arreglo como parte de la indemnización.

Los
daños materiales pueden dar problemas cuando declaran tu vehículo siniestro
total
, normalmente porque las cantidades que
ofrecen las compañías nunca compensan y en ocasiones solo comprenden el valor
venal, sin en cuenta el valor de afección o mejora.

Es importante asesorarse bien para evitar que
esta parte de la compensación económica que tiene que pagar la aseguradora no
incluya alguno de los conceptos a los que tienes derecho.

Eso sí, es muy importante acreditarlos bien con facturas, presupuestos de reparación, fotografías
y otros documentos.

  • Indemnización por lesiones temporales

Cuando entramos en materia de lesiones, la
cosa se complica mucho más para la víctima, porque valorarlas no es nada sencillo teniendo en cuenta la complejidad del
Baremo de Tráfico
https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/23/pdfs/BOE-A-2015-10197.pdf 
actual,
que, con sus más de 500 páginas entre artículos y Tablas, resulta de muy
difícil comprensión para quien no está habituado a manejarlo.

Una vez más, la indemnización va a depender de las lesiones que hayas tenido.

No es lo mismo sufrir un esguince cervical que
cura en un tiempo razonable y no suele dejar secuelas, que una fractura o una
lesión medular.

Cuando hablamos de lesiones temporales, la cuantía de la indemnización dependerá del
tiempo que has tardado en restablecerte
desde la fecha del siniestro hasta
el momento en que recibes el alta médica porque tus lesiones se han
estabilizado.

Ese tiempo se valora dependiendo de si has
requerido:

  • Estancia en UCI o similar (perjuicio personal particular muy grave)
  • Ingreso y estancia hospitalaria (perjuicio personal particular grave)
  • Días de baja laboral o en los que no has podido realizar una parte relevante de tus actividades de desarrollo personal (perjuicio personal particular moderado).
  • Resto de días de curación no incluidos en ninguna de las categorías anteriores (perjuicio personal básico).

¿De qué depende aquí la cuantía de las indemnizaciones? Del número de días y del tipo de perjuicio sufrido, pagándose, por ejemplo, más cantidad por cada día de estancia en el hospital que tienes que estar, que por cada día de baja que tengas. 

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  • Indemnización por secuelas

La parte del cálculo de las cantidades a
percibir en concepto de secuelas es compleja, porque aquí las aseguradoras
tienden a minimizar el alcance de las mismas.

En este apartado, la cuantía de las indemnizaciones depende del número de secuelas, los
puntos asignados a cada una de ellas, y la edad dela víctima
en el momento
del siniestro.

Esto vale tanto para las secuelas funcionales como para las estéticas, que no obstante se
valoran por separado.

Por ejemplo: una secuela funcional de
limitación de movilidad en el tobillo se valora en el Baremo de Tráfico con una
horquilla de puntos de 1 a 5, siendo 1 el valor más leve y 5 el más severo.

Para determinar la puntuación, habría que
atender a la gravedad de la secuela, ya que cuantos más puntos, mayor es la cantidad
a pagar por la compañía.

¿Qué suele ocurrir? Que la aseguradora
seguramente ofrecerá 1 punto, aunque la limitación sea más grave.

Lo mismo ocurre con las secuelas estéticas.
Imaginemos un lesionado que tiene una cicatriz en la rodilla, que se valora
como perjuicio estético ligero, que en el Baremo oscila con una horquilla de 1
a 6 puntos.

No es igual que te den 1 punto a que te den 5.
Cuantos más puntos, mayor es la cantidad a percibir. Las aseguradoras siempre
van a hacer una valoración a la baja.

Por tanto, la cuantía de las indemnizaciones en estos casos estará en función de
la entidad de las secuelas que tengas, pero valoradas adecuadamente, en función
de su gravedad
(de más leve a más severa).

Aparte debe tenerse en cuenta los
casos de los grandes lesionados,
donde hay que reclamar otra serie de conceptos: los daños morales
complementarios, el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares
de grandes lesionados, o el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
ocasionada por las secuelas.

Las cuantías de las indemnizaciones en
estos supuestos suelen ser muy elevadas, dependiendo de cada víctima, de los
daños que ha tenido, y de su situación en el momento de la estabilización de
sus lesiones.

  • Indemnización en caso de muerte

En el caso de víctimas fallecidas en un
accidente, son los beneficiarios del
fallecido quienes reclaman y perciben las cantidades
que les corresponden
por la muerte del perjudicado.

Y aquí también las cuantías de las
indemnizaciones dependen de muchos factores, porque se tienen en cuenta las circunstancias personales, familiares y
laborales de la víctima
que influyen en el resultado de las indemnizaciones
a percibir por sus beneficiarios.

Por ejemplo, no recibe la misma cantidad la
viuda del fallecido que cada uno de sus hijos. Tampoco percibe lo mismo cada
uno de sus hermanos, o sus padres si viven.

En el Baremo se establecen una serie de factores de corrección que deben
aplicarse según cada caso concreto, y en función de unos parámetros que hay que
analizar para determinar qué cantidad puede reclamar cada uno de ellos.

No es nada sencillo hacer esta valoración por la complejidad de la normativa. Para reclamar estas cantidades es fundamental el apoyo legal de abogados especialistas y ajenos a las compañías, para ayudar a los beneficiarios a calcular las indemnizaciones que les corresponden.

  • Indemnización por perjuicio patrimonial

Otra parte de las compensaciones a reclamar
que ofrece muchas dudas y que no es sencillo de valorar es el perjuicio
patrimonial, que el Baremo divide en dos conceptos: el lucro cesante y el daño
emergente.

El lucro
cesante
se refiere a las pérdidas o ganancias económicas que la víctima ha
dejado de percibir a consecuencia del siniestro.

Y el daño
emergente
engloba todos aquellos gastos que el perjudicado ha tenido
derivados directamente del accidente.

La cuantía
de las indemnizaciones depende en estos casos de acreditar muy bien ambos
conceptos
, con toda la documentación posible para evitar que la aseguradora
ponga pegas para pagarlo.

Por ejemplo, es lucro cesante las comisiones
dejadas de percibir por un trabajador durante el tiempo que ha estado de baja
por las lesiones sufridas, o si su nómina se ha visto reducida en una parte por
lo mismo.

Y sería ejemplos de daños emergente la
reclamación de las facturas de gastos de farmacia, de pruebas diagnósticas, de
desplazamiento, o de rehabilitación, entre otros.

Sin embargo, el perjuicio patrimonial va más allá
en los casos de grandes lesionados.

Así, el daño
emergente incluye el pago de la asistencia sanitaria futura (imaginemos los
lesionados en estado de coma o con secuelas medulares gravísimas) o los gastos
por pérdida de autonomía personal (adecuación vivienda, los costes de movilidad
o la necesidad de ayuda de tercera persona).

Y el lucro cesante en grandes lesionados va a tener en cuenta el tipo de incapacidad padecida (absoluta, total o parcial) y su situación laboral o familiar (dedicación a tareas del hogar y otros).

POR QUE LA AYUDA DE UN ABOGADO INFLUYE EN LAS CUANTIAS DE LAS INDEMNIZACIONES

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La respuesta es sencilla: hay mucha diferencia
entre las cantidades que ofrecen las compañías de seguros a las víctimas cuando no tienen abogado particular y
cuando disponen de asesoramiento legal.

Si el perjudicado no tiene ayuda legal, no
sabe qué puede reclamar, tampoco cómo calcular su indemnización, y mucho menos
si es o no correcta la compensación que le ofrece la compañía.

¿El resultado? Si no lo sabe, lo más probable
es que acepte la oferta de la aseguradora. Y ésta siempre será menor de lo que le correspondería.

Sin embargo, cuando el perjudicado tiene la
ayuda de un abogado especialista en accidentes, la compañía aseguradora sabe
que los intereses de la víctima van a estar defendidos por un profesional que
sí sabe lo que se puede reclamar.

Por tanto, el abogado particular va de la mano
del lesionado, y nunca le va a recomendar que acepte una oferta de pago que no
incluye todos los conceptos a los que tiene derecho.

¿La cuantía de las indemnizaciones por
accidente dependen también de que tengas o no abogado particular?

Por supuesto que sí. Y en el 99% de los casos cobrarás lo que de verdad te corresponde solo si
tienes ayuda legal especializada
.

Si has tenido un accidente de tráfico,
podemos ayudarte.

Contacta con DEMANDA TU LESION, https://demandatulesion.com/contacto/   y recibe una valoración gratuita por
nuestros abogados de tu caso y las pautas que debes seguir para reclamar tu
indemnización.