Si has sufrido perjuicios económicos en un siniestro, puedes reclamar lucro cesante por un accidente de tráfico. Conoce qué dice el Baremo, cómo calcularlo y qué necesitas para que te paguen este concepto en tu indemnización.
Que un accidente de tráfico, sea de la clase que sea, provoca una alteración en la vida personal y profesional de la víctima, es un hecho. Y no nos referimos solamente a las lesiones, que sabemos que es el primer perjuicio que sufre el perjudicado y que va a marcar el tiempo posterior de evolución de su proceso post siniestro.
Pero es que, además, un siniestro provoca otra serie de consecuencias negativas para la víctima que dan lugar a una serie de perjuicios que hay que reclamar. Uno de ellos es el lucro cesante en un accidente de tráfico.
Es posible que no hayas oído hablar de este término, o que incluso no pensaras que este tipo de conceptos pudieran reclamarse como parte de una indemnización derivada de un siniestro.
El lucro cesante por accidente de tráfico no es fácil de reclamar, y la mayoría de las aseguradoras discuten su pago.
Para incluir este perjuicio en tu reclamación, es conveniente que cuentes con la ayuda legal de un abogado especialista, porque casi con toda seguridad la compañía responsable de indemnizarte te va a poner todo tipo de trabas para abonarlo.
¿Qué es el lucro cesante por accidente de tráfico?
Imagina alguna de estas situaciones:
➛ Sufres lesiones en un siniestro y estás un tiempo de baja laboral, a consecuencia de la cual tu nómina se ve reducida en un porcentaje.
➛ Cobras un fijo y un variable y, por culpa de un accidente, dejas de percibir ese variable, con la consecuencia obvia de una merma en tus ingresos.
➛ Eres taxista y pierdes dinero cada día que tu taxi se encuentra reparándose en el taller, o no puedes salir a trabajar porque estás de baja.
➛ Eres hijo de una víctima fallecida cuyos ingresos sostenían la unidad familiar.
Estos y otros muchos ejemplos son casos muy habituales de perjuicios económicos sufridos por el perjudicado en un siniestro.
El lucro cesante es un tipo de daño patrimonial que consiste en la pérdida de una ganancia que dejas de obtener o una disminución de tus ingresos, a consecuencia del accidente de tráfico que has sufrido.
Este concepto está específicamente contemplado en el Baremo de Tráfico en el apartado correspondiente al perjuicio patrimonial.
No debemos confundirlo con el daño emergente, que también se contempla como perjuicio patrimonial, pero que se refiere a gastos que ha tenido que sufragar el perjudicado a consecuencia del siniestro, como por ejemplo pagar un tratamiento de rehabilitación, gastos de farmacia o de desplazamiento.
Para reclamar con garantías hay que conocer qué se indemniza en un siniestro de tráfico y que el lucro cesante puede reclamarlo no solo la víctima que trabaja, sino que hay otro tipo de perjudicados que también tienen derecho a percibirlo.
¿Cómo se calcula el lucro cesante por accidente de tráfico con el nuevo Baremo?
Para calcular el lucro cesante por accidente de tráfico, hay que partir de dos requisitos fundamentales:
➛ Debe existir una clara relación de causalidad entre el hecho lesivo (el siniestro de tráfico) y el perjuicio económico sufrido. Es fundamental poder demostrarse este nexo causal porque los Tribunales suelen interpretar este concepto de manera restrictiva.
➛ Debe poderse cuantificar económicamente ese perjuicio patrimonial. Esto no siempre es fácil de demostrar, ya que en ocasiones valorar económicamente una ganancia dejada de percibir resulta complicado.
En el actual Baremo de Tráfico, el lucro cesante se recoge en varios artículos, destacando el 126, que indica que «en los supuestos de secuelas el lucro cesante consiste en la pérdida de capacidad de ganancia por trabajo personal y, en particular, en el perjuicio que sufre el lesionado por la pérdida o disminución neta de ingresos provenientes de su trabajo».
Para hacer el cálculo de este concepto hay que multiplicar los ingresos netos de la víctima, la estimación dada por la Ley para tareas del hogar o la capacidad para obtener beneficios por un coeficiente actuarial.
Dicho coeficiente actuarial tiene en cuenta, entre otros factores, la edad del perjudicado y la de su cónyuge, los años de matrimonio, el número de hijos o la edad de cada uno de ellos y otra serie de circunstancias que dependen de analizar cada caso en particular, según la duración del perjuicio sufrido por el perjudicado o el riesgo de muerte, entre otros.
El Baremo también distingue entre víctimas activas (que trabajaban en el momento de sufrir el siniestro), desempleados o personas dedicadas en exclusiva a las tareas del hogar a la hora de calcular la indemnización.
➤ Tipos de lesiones contempladas en el Baremo de Tráfico
Las Tablas 1.C, 2.C y 3.C del Baremo valoran el lucro cesante por accidente de tráfico dentro del perjuicio patrimonial, distinguiendo entre perjudicados fallecidos en el siniestro, con lesiones permanentes o con lesiones temporales.
➛ Víctima fallecida en el siniestro (Tabla 1.C): en caso de fallecimiento, para calcular el lucro se multiplican los ingresos netos del fallecido por el coeficiente actuarial que corresponda.
Para hacer el cálculo, en los ingresos netos se distingue si la víctima estaba trabajando en el momento del siniestro, estaba jubilada, desempleada o dedicada en exclusiva a las tareas del hogar.
Para acreditar los ingresos se va a tener como referencia los que el perjudicado haya percibido en el año inmediatamente anterior al momento del fallecimiento, o bien la media de los últimos tres años si esta resultara más beneficiosa para los beneficiarios.
➛ Víctima con lesiones permanentes (Tabla 2.C): el cálculo del lucro por padecer secuelas permanentes se hace atendiendo a lo dispuesto en el artículo 126 y siguientes del Baremo, que hablan del perjuicio que sufre el lesionado por la pérdida o disminución neta de ingresos provenientes de su trabajo, utilizando la fórmula de ingresos netos multiplicados por coeficiente actuarial correspondiente.
➛ Víctima con lesiones temporales (Tabla 3.C): el lucro cesante por lesiones temporales se recoge en el artículo 143, que habla de pérdida o disminución temporal de ingresos netos procedentes del trabajo del lesionado, o en su caso, de su dedicación exclusiva a las tareas del hogar.
Para acreditar la pérdida de ingresos netos variables deberá acudirse a las cantidades percibidas en el mismo periodo del año anterior al siniestro, o hacer una media de los obtenidos en los tres años inmediatamente anteriores al accidente.
➤ Casos especiales de indemnización por lucro cesante en accidente de tráfico
El Baremo recoge algunos supuestos novedosos de víctimas que pueden reclamar indemnización por lucro cesante en un accidente de tráfico:
➛ Jóvenes menores de 30 años que todavía no hayan accedido al mercado laboral:
Son perjudicados por un siniestro que pierden la oportunidad de obtener ganancias económicas, y se prevé solo para el supuesto de que hayan sufrido una incapacidad permanente absoluta o total.
Para calcular el lucro en estos casos:
- Si la víctima sufre una incapacidad permanente absoluta, se tiene en cuenta como ingreso el salario mínimo interprofesional computado en un periodo de año y medio.
- Si el perjudicado sufre una incapacidad permanente total, se computa como ingreso el 55% de lo anterior.
- Y si cuenta con formación o estudios superiores, se incrementan dichas cantidades en un 20%.
➛ Víctima dedicada a las tareas del hogar
Si el perjudicado en el siniestro se dedica en exclusiva a las tareas del hogar, puede solicitar indemnización por lucro cesante en los siguientes casos:
- Víctima con incapacidad permanente absoluta, computándose el salario mínimo interprofesional de un año. Si en la familia hay más de dos miembros, esta cantidad se incrementa un 10% por cada miembro que sea menor de edad, discapacitado o mayor de 67 años que convivan con el perjudicado.
- Perjudicado con incapacidad permanente total, donde se tiene en cuenta como ingreso el 55% de lo descrito para el caso anterior.
- Víctima con reducción de jornada para compatibilizar con las tareas del hogar, se cobrará como lucro cesante un tercio del punto 2.
Cómo reclamar el lucro cesante por secuelas en accidente de tráfico
El lucro cesante por accidente de tráfico no es nada sencillo de reclamar.
Hasta aquí hemos visto distintos supuestos, cálculos complejos y tablas que hay que saber interpretar. La realidad es que cada caso es diferente a los demás, y debe analizarse en particular atendiendo a las circunstancias personales y patrimoniales de cada víctima.
Ya hemos comentado que para tener derecho a una indemnización por lucro cesante en accidente de tráfico es necesario, por un lado, demostrar la relación causal entre el siniestro y el perjuicio económico sufrido, y por otro, que ese concepto se pueda cuantificar económicamente.
Y aquí es donde aparecen los problemas, porque la mayoría de los perjudicados desconocen qué necesitan para hacer esta parte de la reclamación. Y más grave aún, algunos ni siquiera saben que tienen derecho a reclamar estas cantidades adicionales.
La reclamación de indemnización por lucro cesante en accidente de tráfico se hará cuando se reclamen el resto de los conceptos a los que la víctima tenga derecho (daños personales + daños materiales + perjuicio patrimonial).
El plazo para reclamar es de un año desde el accidente, si bien hay ocasiones en las que dichos plazos pueden variar en función de las circunstancias del perjudicado, especialmente en los casos de lesionados de larga duración
De ahí que la documentación a aportar para acreditar el perjuicio patrimonial sea fundamental. Y para poder saber qué hace falta en cada supuesto concreto es necesario contar con la ayuda de un abogado especialista.
➤ La importancia de contar con la ayuda legal especializada
Ya sabemos que las aseguradoras siempre van a tratar de pagar lo menos posible a la víctima. Y también sabemos que la inmensa mayoría de las ofertas no se corresponden con los daños efectivamente sufridos por los perjudicados.
En el caso de tener derecho a reclamar lucro cesante, si no cuentas con ayuda legal especializada y externa, es casi seguro que te van a discutir ese concepto y que cobrarás una cantidad muy inferior a la que deberías percibir, o incluso no te la querrán abonar.
Son muchos los accidentes que en DEMANDA TU LESIÓN hemos tramitado donde hemos reclamado lucro cesante. Y en casi todos los casos ha sido necesaria una labor de defensa y negociación para conseguirlo, tanto a nivel extrajudicial como en reclamaciones judiciales.
Queremos ayudarte en el proceso desde el principio, y que te sientas acompañado e informado en todo momento para saber qué debes hacer.
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