Conocer la normativa de los carriles bici te ayudará a utilizarlos adecuadamente y saber qué debes hacer si sufres un accidente en ellos.
En los últimos años, el uso de la bicicleta como medio de desplazamiento se ha duplicado en
nuestro país. Una tendencia que sigue en alza, al tratarse de un sistema
económico, sostenible y cómodo.
Este aumento en su utilización ha venido
apoyado también por el incremento de los tramos
de carril bici en las grandes ciudades como Madrid, Barcelona, Sevilla o
Valencia, entre otras, y por la proliferación también de los sistemas de alquiler público de este
medio de desplazamiento implementados por los Ayuntamientos.
Paralelamente, el número de accidentes de bicicleta también ha aumentado, no solo
en vías urbanas, sino también en las interurbanas, siendo en este último caso
mucho más graves, sobre todo por la intervención de la velocidad, que ha
provocado en España un importante número de atropellos de ciclistas en
carretera con resultado de muerte.
En nuestras ciudades sigue existiendo, no
obstante, mucho desconocimiento sobre la
normativa que regula el uso del carril bici y no siempre la convivencia
entre ciclistas, peatones y vehículos es pacífica.
Si eres
ciclista, es importante que conozcas cómo debes circular con seguridad y en qué te afectan las normas de circulación, porque no dejas de ser
un usuario más de la vía y como tal tienes derechos y obligaciones.
Para resolver cualquier percance en el que te
veas involucrado como ciclista, vas a necesitar ayuda
legal de un abogado especialista.
No olvides que siempre estarás más expuesto y
te llevarás la peor parte, y que este tipo de accidentes se complican por la
postura de las aseguradoras que van a tender a hacerte responsable del
siniestro.
CIRCULAR EN BICI: DESDE PASEAR A TRABAJAR
Hasta hace unos años, la bicicleta se utilizaba para hacer deporte o en momentos de ocio a
nivel individual y familiar. En las ciudades se utilizaban muy poco hasta
que se inició una tendencia que ya se daba en otras ciudades europeas, donde su
uso estaba más generalizado.
En la actualidad, es habitual ver circular bicicletas en nuestras ciudades, además de seguir utilizándose para ocio y deporte.

Hoy en día, muchas personas se han decantado
por un medio de desplazamiento con innumerables ventajas: es un sistema
económico, es bueno para salud, ofrece muchas ventajas para desplazarse en
ciudades donde la densidad del tráfico, o el aparcamiento son inconvenientes
que se tienen cuando se circula en coche, no contamina y es un sistema rápido
para moverse.
NORMATIVA CARRILES BICI: OBLIGACIONES, TIPOS
DE VIA Y SEÑALES
Para circular en bicicleta por la ciudad con
seguridad, es muy importante conocer no solo las zonas habilitadas para ello,
sino también la normativa que afecta a
los ciclistas, que se convierten en otros usuarios más de la vía, y como
tales, tienen que respetar las señales y normativa de circulación igual que
todos los demás.
En las ciudades puedes encontrarte cuatro
tipos de vías para circular como ciclista:
- El carril-bici, que son las zonas
específicamente habilitadas para los ciclistas, que se encuentran en la
calzada, a veces separados por barreras físicas, y convenientemente
señalizados, y pueden ser de un único sentido o de doble sentido. - La acera-bici, implementada en algunas
ciudades españolas como Sevilla o Barcelona, y que son zonas compartidas con
aceras peatonales.
Tienen un riesgo añadido porque en muchas
ocasiones son invadidas por peatones,
que corren el riesgo de ser atropellados por los ciclistas, aunque también
tienen sus defensores, ya que el ciclista se siente más seguro circulando por
ellas sin compartir esa vía con el resto del tráfico rodado.
- La pista-bici, ubicada dentro de la calzada,
pero en una zona adosada a ella, y que son vías ciclistas separadas de la zona
por la que circula el resto del tráfico motorizado. - La senda-bici, que suele ubicarse en las zonas
verdes o más abiertas, y que permiten la circulación tanto de ciclistas como de
peatones.
En todo este tipo de vías hay que conocer la normativa sobre velocidad para circular por
ellas, que varía dependiendo de la localidad y de la normativa municipal
que la regula.
Asimismo, es importante que te familiarices
con las señales más habituales
específicas para ciclistas, como son la R-407
(indica obligatoriedad de circular el ciclista por la vía donde figure esta
señal), la S-33 (indica presencia de
una senda ciclista), R-505
(finalización de vía ciclista) o R-407a
+ R-410 (vías reservadas para ciclistas y peatones).
REGULACION DE LOS CARRILES BICI: NORMATIVA DE
LOS AYUNTAMIENTOS
La
competencia para regular la circulación por el carril bici corresponde al
Ayuntamiento de cada localidad.
Y no siempre son las mismas, aunque hay una
parte que es común para todas ellas, pero dependiendo del lugar donde residas,
deberás conocer la Ordenanza
correspondiente que te indicará expresamente las normas de circulación que
tienes que cumplir.
Las principales confusiones que se han
planteado en estos años de utilización de este tipo de carriles se refieren,
sobre todo, a la obligatoriedad o no de
utilizarlos, y, por otro lado, a la normativa de aplicación en cada caso.
Como punto de partida hay que tener en cuenta
que debe acudirse a lo que indique el Reglamento de Circulación, la Dirección
General de Tráfico, y en último lugar, lo que establezca sobre ello la
normativa municipal del Ayuntamiento de cada localidad.
OBLIGACION DE CIRCULAR POR EL CARRIL BICI
Esta cuestión suscita muchas dudas en los
ciclistas, precisamente por existir distintos conjuntos normativos al respecto.
Por un lado, lo que indica el artículo 36 del Reglamento General de Circulación, que dice que, si no hay vía o parte de ella destinada específicamente a la circulación de bicicletas, entonces deben hacerlo por el arcén de su derecha si es transitable y suficiente, y de no serlo, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.



Por otro, tenemos la indicación de la señal R-407a, que es de cumplimiento obligatorio,
es decir, establece la obligación de los ciclistas de circular por el carril
bici, pero que provocaba confusión en cuanto a si se refería a éstos o a zonas
habilitadas para circulación de ciclistas.
La DGT indica al respecto que la señal
referida indica
que los carriles bici son exclusivamente para uso de ciclistas, y que cuando las señales
lo indiquen tienen que circular por ellos, lo que en ocasiones ha provocado más
confusión al colisionar con lo indicado en la normativa municipal en cada
localidad.
Ante la duda, la recomendación es que
se utilice el carril bici cuando exista, que será obligatorio si lo recoge así
la normativa municipal de esa localidad, y cuando exista la señal
R-407a, el uso de este tipo de carriles será obligatorio siempre.
En las ciudades o localidades donde no haya
áreas específicamente habilitadas, la normativa indica que el ciclista
tiene que circular por el centro del carril, y siempre por el derecho, con la
excepción de los casos en los que vaya a realizar un giro a la izquierda.
Esto es importante porque mientras el ciclista circule por el centro del
carril (pues está considerado como un vehículo más), se evita que un coche no respete la distancia de seguridad de metro y
medio y pueda invadirlo, provocando un accidente de tráfico y atropellándole.
En caso de circular por una vía por la que
también transitan los peatones, deberá
bajar de la bici y seguir andando, igual que cuando cruzan un paso de
peatones.
Y, por último, es fundamental no utilizar cascos ni auriculares que
puedan provocar distracciones o falta de atención a las circunstancias del
tráfico, y evitar circular a velocidad excesiva.
La Dirección General de Tráfico ha editado una
Guía
del ciclista donde puedes encontrar toda la información que necesitas para circular con seguridad y conociendo
las normas básicas de circulación y elementos de seguridad que debes llevar en
tus desplazamientos.
ACCIDENTE EN CARRIL BICI: QUE HACER
Pese a que inicialmente el carril bici aparecía como la opción perfecta para facilitar la
circulación de los ciclistas y evitar accidentes, lo cierto es que se
siguen produciendo percances y siniestros de tráfico en ellos.
Ahora bien, no siempre la víctima es el ciclista. Los peatones también pueden verse
involucrados en siniestros con ciclistas, en cuyo caso es importante
conocer las circunstancias del accidente para saber quién es responsable y qué
puede hacerse en cada caso.
- Cuando tú eres culpable del accidente
Si tú eres el usuario que circula en bici y atropellas a un peatón que está
transitando correctamente, la responsabilidad es tuya y tendrás que indemnizar
a la víctima por todos los daños y perjuicios que hayas tenido.
Hoy en día, muchos ciclistas que utilizan este
medio de transporte de manera habitual cuentan con seguro de responsabilidad civil específico para bicicletas, lo que
permite hacer frente a situaciones de este tipo. Lo mismo ocurre si circulas
con una de alquiler, porque normalmente todas ellas llevan aparejado un seguro
de accidentes.
Pero si
no tienes seguro y la culpa es tuya, tendrás que pagar las indemnizaciones
correspondientes con cargo a tu propio patrimonio, lo
que puede salirte muy caro si las lesiones y daños que has causado son de
gravedad.
Y por supuesto, aunque tú hayas sufrido
perjuicios en el siniestro, no podrás reclamar indemnización alguna al ser
responsable del siniestro.
En el caso de que la culpa del accidente sea del peatón, por ejemplo, si cruza por
lugar indebido (un carril bici) sin mirar o por un despiste, tendrá que hacerse cargo de los daños que te haya
causado a ti y pagarte la indemnización correspondiente.
Todos estos casos pueden ser complejos de
reclamar porque en ocasiones, tanto peatón como ciclista pueden sufrir lesiones
graves o incluso la muerte, por lo que la tramitación es complicada y conviene
siempre buscar la ayuda legal de un
abogado especialista.
- Cuando el culpable es un tercero
Si tienes un accidente
con la bici y el responsable es un
tercero, será su aseguradora quien tenga que hacerse cargo de pagarte todos los
daños y perjuicios que hayas tenido.
Ahora bien, esto no es tan sencillo, primero
porque las aseguradoras tienen tendencia
a responsabilizar de estos siniestros a los ciclistas, y muchas veces la
culpa no es fácil de demostrar, sobre todo si no hay testigos o los servicios
de emergencias tienen que evacuar a la víctima al Hospital sin que haya podido
dar su versión de los hechos.
Y, en segundo lugar, porque en todos los casos el ciclista se lleva siempre la peor parte, al estar especialmente expuesto en una colisión.



Y tercero, porque en la dinámica de este tipo
de siniestros pueden existir muchas dudas sobre su ocurrencia, bien porque hay versiones contradictorias, o bien porque el
contrario niega la culpa, o incluso porque hay una responsabilidad compartida,
es decir, que ambas partes tienen parte de culpa.
QUE HACER SI TIENES UN ACCIDENTE EN EL CARRIL
BICI
Si eres usuario habitual de este medio de
desplazamiento, debes conocer los pasos iniciales a dar en los primeros
momentos, que van a resultar claves para construir la reclamación que en su
momento tengas que hacer por tus daños:
- Avisa siempre a los agentes de la autoridad
para que acudan al lugar de los hechos y levanten un Atestado. Si te evacúan
por tus lesiones, procura en cuanto puedas acudir a prestar declaración para
que tu versión de los hechos conste en el Atestado. - Si te es posible, toma datos de testigos presenciales,
que pueden ayudarte en caso de que el contrario niegue la culpa o dé una
versión distinta del siniestro. - Saca fotografías del lugar y posición de los
intervinientes. - Si no te trasladan los servicios
de emergencia, acude cuanto antes al Hospital
más cercano, y siempre antes de que pasen 72 horas desde el siniestro. - Contacta de inmediato con un abogado
especialista que pueda ayudarte en la reclamación
de los perjuicios sufridos.
Necesitas asesoramiento desde el primer
momento, y también para calcular el tipo
de indemnización que te corresponde, dado que no conoces ni el Baremo de
Tráfico ni cómo se valoran los daños que has tenido.
Ten en cuenta que suponiendo que la compañía acepte culpa, tratará de pagarte la menor indemnización posible.
En DEMANDA TU LESION somos abogados especialistas en accidentes de bicicleta. Puedes consultarnos gratuitamente tu caso para tener toda la información que necesitas a la hora de tramitar tu reclamación, y resolver las dudas sobre tu caso.
Además, si cuentas con seguro de bici específico, gracias a la defensa jurídica los
honorarios del letrado que designes libremente te serán reintegrados en todo o
en parte hasta el límite que tengas en la cobertura.
Y si tienes seguro de hogar también la mayoría de ellos te cubren la asistencia
jurídica de un abogado particular de tu elección
hasta el límite que tengas de cobertura.
Si eres
usuario habitual de este medio de desplazamiento y has tenido un percance con
la bici, no sabes qué debes hacer y buscas ayuda legal, contacta lo
antes posible con DEMANDA TU LESION
para que nuestros abogados te hagan sin compromiso una primera valoración gratuita de tu caso.