Calculadora de indemnización de accidentes de tráfico

¿Qué gastos médicos cubre el seguro en un accidente?

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Los gastos médicos generados por la atención a las víctimas no
culpables de un accidente de tráfico deben ser cubiertos por las aseguradoras
como una parte de la indemnización.

Sin embargo, a muchos perjudicados
les entran las dudas tras sufrir un siniestro.

Inicialmente son atendidos de
Urgencias en un Hospital o Centro Médico, lo que genera unos gastos de asistencia sanitaria. Y cuando salen, tampoco saben dónde acudir
para seguimiento de sus lesiones o cómo costear el tratamiento rehabilitador
que necesitan.

Por otro lado, los costes médicos
incluyen también medicamentos, a veces caros si las lesiones son de cierta
entidad, o tratamientos más específicos que son costosos y a los que no pueden hacer frente inicialmente.

Muchos lesionados parten de la creencia errónea de que los gastos médicos
y asistencia derivada de un accidente de tráfico van a ser costeados por la
Seguridad Social
.

Sin embargo, no es así. Los daños
personales provocados por un siniestro no los asume la Seguridad Social, sino las compañías de seguros, o en su caso, el
Consorcio de Compensación de Seguros.

No hay dos siniestros iguales, y
las lesiones más graves pueden provocar largos y costosos tratamientos médicos,
incluso quirúrgicos, de los que las aseguradoras se tienen que hacer cargo.

Ante la falta de información y
desconocimiento que tienen la mayoría de los perjudicados, y teniendo en cuenta
que lo más importante es que reciban el mejor tratamiento para restablecerte lo
antes y mejor posible, es fundamental contar con el asesoramiento
de un abogado especialista
, que ayude a
la víctima a gestionar su curación y atención médica de la mejor forma posible
para que luego no haya dudas ni sorpresas inesperadas.

GASTOS MEDICOS Y CULPA EN UN ACCIDENTE

Ya sabemos que el punto de partida
para cualquier reclamación
de indemnización
 por un
siniestro está en la responsabilidad. No es igual ser el conductor culpable,
que conductor no culpable, o que ocupante.

Por tanto, el punto de partida va a ser siempre el papel desempeñado por las víctimas, atendiendo a los criterios de culpabilidad, partiendo de que el coste de la atención médica no lo va a cubrir la Seguridad Social, sino las compañías de seguros.

  • La póliza de responsabilidad civil obligatoria

En nuestro país es obligatorio para todo aquel que circule con
un vehículo, contar con un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio
.

Imagina que eres conductor culpable de un vehículo implicado en un siniestro.

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En este caso, el seguro va a
cubrir los gastos de asistencia sanitaria de los ocupantes de tu vehículo, y si
eres culpable, también de las víctimas del contrario no responsable (conductor
y ocupantes), pero no cubre los costes médicos tuyos como conductor.

Si, por el contrario, eres el conductor no responsable y también has sufrido lesiones, tus gastos de asistencia sanitaria están cubiertos siempre.

  • El Seguro del conductor

El Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio cubre, por tanto, los daños que tú
como conductor puedas causar a terceros, pero no cubre tus daños propios

(materiales o personales).

Esto significa que puedes
encontrarte con un problema si provocas un siniestro y resultas responsable del
mismo, o en casos en los que eres tú el único vehículo interviniente en el
mismo.

La mejor opción para evitar
encontrarte desasistido en estos supuestos es gastar un poco más ampliando la cobertura básica del Seguro de
Responsabilidad Civil Obligatorio,
para tener la tranquilidad de estar
cubierto.

Dentro de estas coberturas, la más
habitual es contratar el Seguro de
Accidentes del Conductor, que va a cubrirte los gastos de asistencia sanitaria
propios
.

Es recomendable valorar las
opciones que te ofrezca la compañía, porque normalmente la cobertura incluye
gastos médicos y farmacéuticos derivados de las lesiones sufridas, como pueden
ser los de hospitalización, traslados al centro sanitario o incluso los costes
de ortopedia necesarios.

Sin embargo, las compañías suelen
establecer para esta cobertura una serie
de límites, tanto económicos
(entre 3000 y 100.000 € suele ser lo habitual)
como temporales (de uno a tres años
desde que ocurre el siniestro).

También permite, por el contrario,
ampliar esas coberturas mínimas del Seguro del Conductor, en concreto las
indemnizaciones a percibir en caso de fallecimiento
o invalidez
.

La mejor opción sigue siendo, no
obstante, contratar un Seguro a todo
riesgo
, que es el más completo para garantizarnos la mejor cobertura en
caso de accidente.

QUE PASA CON LOS GASTOS MEDICOS SI CIRCULO EN
MI VEHICULO SIN SEGURO

Circular sin seguro obligatorio siempre es una mala idea.  Primero, porque
tendrás que enfrentarte a multas que pueden oscilar entre los 600 y los 3000
euros, dependiendo del caso.

Y segundo, porque si circulas sin
seguro y provocas un accidente de
circulación, los daños y perjuicios ocasionados a terceros tienes que asumirlos
con cargo a tu patrimonio.

Para el caso de los ocupantes que viajen en un vehículo sin
asegurar
y resulten lesionados en un siniestro, sus costes médicos y
sanitarios serán cubiertos por el
Consorcio de Compensación de Seguros
, salvo en los casos que se demuestre
que conocían antes del viaje que el vehículo en cuestión carecía de Seguro
Obligatorio.

CONVENIOS SANITARIOS Y UNESPA

Con el fin de poder gestionar de
manera más eficiente la tramitación de la asistencia sanitaria a las víctimas
de accidentes de circulación, la Asociación Empresarial del Seguro (conocida
como UNESPA), las entidades sanitarias públicas y privadas y el Consorcio de
Compensación de Seguros suscribieron una serie de Convenios de colaboración que simplifican las gestiones administrativas
derivadas de un siniestro

A través de estos Convenios cada
aseguradora se hace cargo de los costes médicos y sanitarios de los ocupantes
del vehículo que aseguran, salvo de los correspondientes al conductor que son
cubiertos por el Seguro de Responsabilidad Civil del contrario.

De esta manera se simplifican los trámites, primero en beneficio de las víctimas, que son atendidas sin tener que pagar el coste de su asistencia médica, segundo para los Centros médicos que cobran esos gastos en base a lo que establecen los Convenios, y tercero, las aseguradoras pueden controlar mejor esos costes.

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Los principales Convenios vigentes
son:

En el sector público hay tantos acuerdos como Comunidades Autónomas,
incluyéndose todos los Hospitales, la asistencia en los servicios de Urgencias,
los costes de hospital, rehabilitación y traslados.

  • En el sector privado es igual,
    pero teniendo en cuenta que no todos los Centros Privados están adheridos
    ,
    sino solo los que expresamente figuran en el Convenio.
  • En el ámbito de emergencias
    sanitarias
    se incluye toda la red pública tanto en medio terrestre como
    aéreo.
  • En la Comunidad de Madrid se suscribió un Convenio con el SAMUR para emergencias sanitarias derivadas de
    siniestros de circulación.
  • El Convenio entre los Servicios
    Públicos de Salud y el Consorcio de Compensación de Seguros
    permite
    sufragar los llamados en el Baremo de
    Tráfico
    , “gastos de asistencia sanitaria futura” que tienen los grandes lesionados a consecuencia de
    las secuelas derivadas de un siniestro, y que incluyen conceptos como prótesis,
    ortesis, o sillas de ruedas.

QUE HACER PARA SEGURAR LA COBERTURA DE GASTOS MEDICOS EN UN ACCIDENTE

Desde DEMANDA TU LESION siempre recomendamos a las víctimas buscar
ayuda legal
lo antes posible cuando sufren un siniestro
, porque hay
multitud de circunstancias y factores que pueden intervenir en el mismo que hay
que valorar y analizar de manera personalizada, y una serie de tiempos y plazos
para gestionar la asistencia sanitaria que, de no cumplirse adecuadamente,
pueden dar problemas a la hora de tramitarse.

Los pasos más importantes que
debes dar:

  • Acudir a los servicios de urgencias del Hospital más cercano para recibir la primera asistencia médica antes de que pasen 72 horas desde el siniestro, pudiendo hacerlo tanto en centros públicos como privados. El inconveniente de los Centros públicos suele ser el colapso sanitario y las listas de espera que pueden ralentizar mucho el tiempo de curación de los daños personales.
  • Cumplimentar adecuadamente el impreso que facilita el centro médico a todas las víctimas donde hay que hacer constar las circunstancias del siniestro, datos personales e identificación de matrículas y compañías de seguros intervinientes en el siniestro.
  • Acudir al centro asistencial elegido dentro del marco de los Convenios Sanitarios. La víctima puede elegir el centro adherido al Convenio UNESPA que mejor le venga o que prefiera, donde podrá recibir tratamiento rehabilitador sin tener que costearlo, porque son ellos mismos quienes se ocupan de facturar esos gastos a la compañía de seguros que corresponda en cada caso. 

Por último, si después de la
primera asistencia sanitaria la víctima elige continuar el tratamiento en un Centro Privado elegido libremente,
tendrá que adelantar de su bolsillo los costes médicos y posteriormente
reclamarlos a la compañía de seguros.

GASTOS MEDICOS DE GRANDES LESIONADOS

En los accidentes de tráfico donde
las lesiones son graves o muy graves,
los problemas son mayores para las víctimas,
porque en muchas ocasiones se
requieren pruebas médicas costosas, largos periodos de tratamiento, y hay que
hacer frente no solo a gastos iniciales que no todos los perjudicados pueden
sufragar, sino también a gastos de
asistencia médica futuros
derivados
de las secuelas graves
provocadas por las lesiones.

Esto es lo que ocurre, por
ejemplo, con las víctimas con daños
cerebrales o neurológicos, o las que pierden alguna extremidad
(amputaciones
de piernas o brazos), y cuya vida ya no va a ser la misma, además de que van a
necesitar en el futuro asistencia médica, ambulatoria o domiciliaria, hacer
frente a gastos de sillas de ruedas, camas articuladas, prótesis, y todo ello
son gastos médicos de los que tiene que
hacerse cargo la aseguradora del responsable.

En muchos casos, además, la
víctima tiene que hacer frente, desde el primer momento, a desembolsos económicos importantes para hacer frente a esos gastos que
no todos los perjudicados pueden sostener económicamente
, lo que les deja
desasistidos frente a las compañías de seguros.

Desde DEMANDA LA LESION insistimos siempre en la importancia de que las
víctimas cuenten con ayuda legal desde el primer momento, y más en casos
graves de grandes lesionados
, donde es necesario que la aseguradora se
implique facilitando mediante pagos a
cuenta cuantos medios tanto técnicos como económicos requiera el perjudicado

para su recuperación.

No es sencillo reclamar los gastos
médicos que cubre el seguro en un accidente de tráfico porque las compañías tienen tendencia a reducir al
mínimo los tratamientos
para que les cuesten menos, sin tener en cuenta en
qué situación médica se encuentra el perjudicado.

Y otras veces, no atienden con la celeridad que requiere la situación de la víctima, o rebajan en la medida de los posible (y hasta no reconocen en algunos casos) los gastos médicos de los que tienen que hacerse cargo, perjudicando los intereses del lesionado.

El problema se acrecienta porque,
como es natural, las víctimas no conocen
la normativa, tampoco saben a lo que tienen derecho, ni cómo calcular la
indemnización
que le corresponde.

En DEMANDA TU LESION lo sabemos por experiencia y por eso, y porque
sobre todo nos preocupa tu recuperación, que es lo más importante, ponemos a tu
disposición todo un equipo profesional
entre abogados, peritos médicos, tramitadores, reconstructores de accidentes y
expertos en incapacidades, para ayudarte a tramitar tu indemnización con
garantías.

Si has tenido un
accidente de circulación y no sabes qué hacer para tramitarlo ni por dónde
empezar la reclamación, contacta con DEMANDA TU LESION
y nuestros abogados te harán una primera valoración gratuita y sin compromiso
para que tengas toda la información que
necesitas
desde el primer momento.