Si has sufrido en un accidente de tráfico un latigazo cervical, la reclamación de una indemnización no va a ser nada fácil tras los cambios introducidos por el nuevo Baremo de Tráfico.
Las estadísticas son claras: más del
80% de los lesionados en un accidente de
circulación sufren daños en el cuello.
De hecho, es la lesión más común.
Y también es la que menos se reconoce y peor se paga por las compañías de
seguros.
En torno al latigazo cervical se
ha desarrollado desde hace muchos años una gran controversia entre perjudicados
y aseguradoras, partiendo de que las
compañías tienden a considerar que se trata de un daño “menor”, que cura
fácilmente y que en la mayoría de las ocasiones no deja secuelas.
Sin embargo, esa idea generalizada
ha desembocado en la negación
sistemática de muchas indemnizaciones a víctimas de accidentes que sufren
un latigazo cervical, apoyándose en estudios y estadísticas más que dudosas,
pero siempre perjudiciales para los intereses del lesionado.
El latigazo cervical no afecta a todas las personas por igual. Y al
margen de que se trate de un daño más o menos común, cuando se produce requiere
un tiempo de curación, un tratamiento, y en algunas ocasiones llega a dejar
secuelas que tardan en remitir o no lo hacen nunca, atendiendo a las
circunstancias y patologías previas del perjudicado.
Tal y como
están las cosas hoy, si sufres un latigazo cervical por un accidente de tráfico
lo primero que debes hacer es asesorarte con un abogado especialista en accidentes de tráfico, porque lo más seguro es que te
discutan, o incluso te nieguen, el pago de una indemnización.
LATIGAZO CERVICAL Y ACCIDENTES DE
TRAFICO
El latigazo cervical, que se
conoce también por “esguince cervical”, es una lesión que suele producirse, sobre todo, en los clásicos alcances
traseros, es decir, esas colisiones por detrás tan habituales cuando estás
detenido en un semáforo, o un paso de peatones, y recibes el impacto del coche
que circula por detrás de ti.
CAUSAS, SINTOMAS Y TRATAMIENTO DEL LATIGAZO
CERVICAL
El mecanismo que provoca el
latigazo cervical se caracteriza por un movimiento
brusco de hiperextensión o una
hiperflexión del cuello, que se produce cuando recibimos un golpe trasero,
a consecuencia del cual nuestro cuello se desplaza bruscamente hacia adelante y
hacia atrás, simulando el movimiento de un látigo (de ahí viene su nombre).
Muchas veces se trata de daños leves, que cursan con dolor y limitación de movilidad, pero después de un buen tratamiento de rehabilitación se curan y no dejan secuelas.

También son síntomas asociados a este tipo de lesión los mareos, el dolor de
cabeza, contracturas musculares, hormigueos en los brazos, o cansancio. A
veces requiere el uso de un collarín para reducir la tensión muscular que el
médico decide cuanto tiempo llevar atendiendo a cada caso concreto.
Este daño puede complicarse en
otras ocasiones cuando la víctima se ve más afectada, hasta el punto de requerir
baja laboral por imposibilidad de
realizar su trabajo, pruebas diagnósticas más específicas como resonancias
magnéticas, y en los casos más graves, una cirugía si la lesión se agrava
desembocando en una protusión o una hernia discal.
Cualquier latigazo cervical va a requerir un tratamiento de rehabilitación
que dura más o menos dependiendo de su gravedad y de la sintomatología y
situación del lesionado.
Si todo va bien, la curación puede
darse en un tiempo de entre 4 y 6 semanas. Pero cada caso es diferente y
depende de la evolución de la víctima.
CAMBIOS DEL BAREMO DE TRAFICO PARA INDEMNIZAR POR LATIGAZO CERVICAL
Los cambios introducidos por el nuevo Baremo de Tráfico perjudican de manera importante a
todos los lesionados que sufren daños menores, principalmente en el cuello,
estableciendo una serie de requisitos que deben cumplirse para que las
aseguradoras paguen una indemnización.
Estos cambios, propiciados por las
aseguradoras, dejan a las víctimas con
lesiones cervicales (y en general, de columna vertebral) completamente
desprotegidas a la hora de reclamar, siendo este tipo de perjuicios los que
más se discuten, terminando en muchos casos en los Tribunales.
Los cambios se recogen en el artículo 135 del Baremo, dedicado en
exclusiva a los llamados “traumatismos menores de la columna vertebral”,
incluyendo, por tanto, no solo los daños en el cuello, sino también los que
afectan a la zona lumbar o a la dorsal.
Los problemas para reclamar
indemnización por latigazo cervical derivan de los 4 criterios que se recogen
en dicho artículo 135, y que son aplicados por las aseguradoras para decidir si
pagan o no por los daños derivados de esta lesión.
Y el punto de partida siempre es el mismo: considerar que la inmensa mayoría de las lesiones en el cuello son leves (o incluso inexistentes). Es cierto, como hemos dicho, que en ocasiones los perjudicados curan más o menos bien, pero no siempre ocurre así.



La realidad es que hay una serie de
factores como la edad, en sexo, las
patologías previas, la posición ocupada en el vehículo en el momento del
impacto, o la complexión física, que intervienen de forma determinante en
el resultado lesivo, y esto es lo que provoca que esa misma lesión en dos
personas distintas tarden periodos diferentes en curar y a uno puedan quedarle
secuelas mientras que al otro no.
Los 4 criterios que recoge el artículo 135 son:
- El cronológico: la lesión debe estar acreditada médicamente en un periodo máximo de 72 horas. Esto significa que, si no vas al médico antes de ese plazo, la compañía te va a denegar el pago de una indemnización, por muchos informes posteriores que tengas que digan que has sufrido un latigazo cervical.
- El topográfico: indica que tiene que haber una relación de causalidad entre la zona del cuerpo afectada (en este caso sería el cuello) y la lesión que has sufrido.
- El de exclusión: significa que no debe haber ninguna otra causa que justifique totalmente esa patología. Lo utilizan las compañías para defender que el daño en el cuello lo tienes desde antes del accidente.
- El de intensidad: el que más problemas da, porque indica que tiene que existir una adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de producción del accidente. Y esto significa que cuando el golpe es de baja intensidad y los daños en el vehículo son leves, la compañía de seguros va a denegar el pago de la indemnización.
Este
problema se da en la actualidad con mucha mayor frecuencia porque los vehículos de hoy en día están preparados
para absorber los impactos sin apenas deformarse, lo que utilizan las
compañías para apoyarse en este criterio y negarse a pagar.
Para
desmontar estos argumentos, es necesario acudir a periciales biomecánicas que demuestren que independientemente de
los daños materiales, el latigazo cervical existe y, por tanto, al haber lesión
debe pagarse como tal.
Cómo reclamar la indemnización por latigazo cervical
Lo primero que debes tener en
cuenta es que este tipo de reclamaciones siempre van a darte problemas. Unas veces las aseguradoras negarán el pago
directamente. Y otras veces, sus ofertas motivadas de pago serán muy bajas.
Para hacerlas, utilizan
estadísticas, en lugar de valorar cada caso en concreto, porque habrá
lesionados que hayan curado bien y dentro de unos márgenes razonables, mientras
que otros requerirán tratamientos más largos y tendrán secuelas después del
alta médica.
IMPORTANCIA DE LAS PRUEBAS DIAGNOSTICAS
Para acreditar el daño provocado
por la lesión cervical, es muy importante que cuentes con pruebas diagnósticas complementarias. Normalmente, en una
radiografía que te hagan en urgencias, es muy posible que no salga nada, de ahí
que una resonancia magnética sea una
prueba médica importante cuando el daño es menos leve y resulta
incapacitante para el lesionado.
El Baremo de Tráfico recoge en el
artículo 135 que para que una aseguradora pague por una secuela cervical, debe
haber una prueba diagnóstica que evidencia la existencia de lesión, más allá de
la mera manifestación del lesionado indicando que tiene dolor, y además debe
existir lo que se denomina un “informe
médico concluyente”.
Esto viene a significar que te
hará falta demostrar primero que la
lesión existe, y segundo que la secuela también, lo que debe recogerse en
el informe de alta en rehabilitación o de alta por tu traumatólogo.
Dejando al margen que hay una secuela en el Baremo que son las
algias postraumáticas, y que un algia es un dolor, por lo que el dolor tras
el alta médica debería ser valorado e indemnizado, las pruebas diagnósticas
ayudan a demostrar la existencia del daño de una manera más contundente frente
a los argumentos de la aseguradora.
PRUEBA BIOMECANICA EN LOS ACCIDENTES DE BAJA INTENSIDAD
Por suerte, muchos alcances
traseros no tienen mayor trascendencia para la salud de las víctimas. Pero
otros muchos, pese a su levedad, sí que provocan daños. Y en estos supuestos,
es necesario demostrarlo.
Como punto de partida, con daños materiales leves las compañías te
van a discutir el pago de la indemnización. Y son muchos los accidentes con
impactos traseros que dejan daños materiales muy leves o casi inexistentes.
Esto obliga a la víctima a buscar medios de prueba que
demuestren la existencia de la lesión, siendo la prueba biomecánica la más
efectiva y admitida por nuestros Tribunales.
Para ello, necesitaras la ayuda de un abogado especialista que te
indique las pautas tanto de documentación como periciales médicas o biomecánicas
que tengas que utilizar para reclamar con éxito a la compañía.
Por qué necesitas un abogado para reclamar una
indemnización por latigazo cervical
Cualquier reclamación derivada de un accidente de circulación supone un verdadero
problema para las víctimas, que tienen que lidiar con todo tipo de
argumentos esgrimidos por las compañías para evitar pagar una indemnización.
Pero en el caso de lesiones de
cuello, como el latigazo cervical, no
vas a tener nada fácil hacer frente a todas las trabas que te puede poner la
aseguradora para pagarte.
A eso le tienes que añadir otros
problemas, como son la falta de información que tenéis los perjudicados, el
desconocimiento del Baremo de Tráfico, cómo calcular
el pago de la indemnización y el modo de rebatir las negativas de las
compañías a pagar lesiones derivadas de la columna vertebral.
Es fácil imaginarse que, en la mayoría de los casos, las reclamaciones derivadas de un latigazo cervical terminan en los Tribunales. Unas veces, porque las compañías no reconocen los daños, y otras veces porque sus ofertas de pago no se corresponden con la realidad de las lesiones efectivamente sufridas.



En DEMANDA TU LESION lo sabemos porque hemos defendido en muchas ocasiones los
intereses de víctimas con daños cervicales en un siniestro.
Y por eso
ofrecemos un completo asesoramiento jurídico, que te garantiza
la indemnización que te corresponde, porque nos ocupamos de asesorarte desde el principio para que sepas lo que
debes hacer. Las compañías saben que si cuentascon una prueba médica contundente es difícil que puedan defender
que no tienen obligación de pagarte la indemnización.
No olvides
que la consulta es gratuita y sin
compromiso, y que, además, gracias a la cobertura por defensa jurídica,
puedes recuperar en todo o en parte nuestros honorarios.
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